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lunes, 3 de febrero de 2014

SCJ: LOS CIUDADANOS DE URUGUAY SEGUIMOS SIN CONOCER EL REAL MOTIVO DEL TRASLADO DE SEDE DE LA JUEZA M. MOTA

El pasado miércoles el Poder Ejecutivo comunicó a Naciones Unidas, en Ginebra, en el marco de su informe periódico al Consejo de Derechos Humanos, que el traslado de la jueza Dra. Mariana Mota de su sede en lo penal a una sede civil, resuelto hace un año por la Suprema Corte de Justicia, pudo haber sido inconstitucional. También indicó que todavía desconocía las razones reales (como todos los ciudadanos) que motivaron la decisión de la Corte.



"Un hecho que tuvo una importante repercusión sobre la opinión pública uruguaya fue la decisión de la Suprema Corte de Justicia (15 de febrero de 2013) de trasladar a la jueza Mariana Mota de la sede penal a la civil. La jueza Mota tenía bajo su competencia numerosas causas vinculadas a violaciones de los derechos humanos. El Poder Ejecutivo no conoce las razones de servicio que motivaron la decisión de la Suprema Corte de Justicia para el traslado de la jueza Mota, ni si las mismas se ajustaron a los requisitos procedimentales establecidos en el artículo 246 de la Constitución uruguaya. Sin perjuicio, cabe señalar que el traslado ha sido impugnado y el caso se está instruyendo de acuerdo a los mecanismos de la jurisdicción administrativa", sostuvo el secretario de la Presidencia, Homero Guerrero, en su exposición en ONU.

Por la actuación de la magistrada en el procesamiento de varios militares y su participación en la investigación de decenas de causas vinculadas a violaciones de derechos humanos en dictadura, su trasladó generó, el año pasado, una dura polémica que enfrentó al Poder Ejecutivo con los Ministros de la Corte. También derivó en una manifestación dentro de la sede del Poder Judicial por parte de activistas el día que Mota debía jurar su traslado, lo que terminó con 7 procesados.

En la Corte, cayó mal no solo que el gobierno insistiera con el tema en su informe ante ONU sino que además lo hiciera en esos términos, lo que se considera una "nueva presión".

El futuro presidente de la corporación Jorge Larrieux -asumirá mañana- admitió su sorpresa al semanario de derecha Búsqueda. Otros integrantes de la corporación coincidieron en señalar que hay malestar porque el tema "parecía saldado" con el gobierno y según creen los 5 magistrados que la integran, se "insiste en depreciar" la imagen internacional de la Corte.

En la Corte se entendía que el tema Mota estaba superado en función de contactos y encuentros mantenidos a fines del año pasado con miembros del Poder Ejecutivo, entre ellos el Ministro de Educación y Cultura, Dr. Ricardo Ehrlich.

 Además del caso Mota, la Corte tuvo fuertes encontronazos con el Ejecutivo por el fallo que declaró inconstitucionales algunos artículos de la ley interpretativa de la Caducidad sancionada en este período legislativo. Aquella decisión, motivó duras críticas hacia la Corte y una andanada de pedidos de informes desde el exterior, pues según acuerdos internacionales firmados por el país y lo que se entiende en el derecho internacional, los delitos de Lesa Humanidad no prescriben.

El ministro de la Suprema Corte, Julio Chalar, único integrante del cuerpo que dicta cursos de Derechos Humanos en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, confirmó al diario blanco El País, que la corporación no informó al Ejecutivo sobre los motivos del traslado de Mota y acotó que "tampoco correspondería que lo hiciera".

"Las relaciones entre los tres poderes del Estado están precisamente reguladas en la Constitución y la Suprema Corte de Justicia respeta y promueve el respeto irrestricto de la Constitución, cuyo texto no contempla esa posibilidad. De todos modos, son necesarias algunas precisiones. Ante todo, el Poder Ejecutivo no está informando a la Comisión de Derechos Humanos, esa Comisión desapareció luego de las críticas que recibiera por cuanto, se argumentaba en el ámbito internacional, sus miembros ni siquiera garantizaban los Derechos Humanos en sus propios países.

En realidad, a quien el Poder Ejecutivo le ha informado ahora es al Consejo de Derechos Humanos, organismo sucesor de la Comisión y hoy integrado por, entre otros países, China, Cuba, Rusia, Ghana, cuyo nivel de respeto por los Derechos Humanos aparece frecuentemente comentado en los medios y por las organizaciones no gubernamentales, nivel que reflejaría el que promueve este Consejo, según los antecedentes de su creación, pero acerca de lo cual no abro juicio".

Sobre el párrafo vinculado a Mota que el gobierno incluyó en su informe ante ONU, Chalar dijo que "por varias razones no parece ser de fácil interpretación". Recordó que "para empezar existen procesos en trámite que bajo ningún concepto deben resolverse fuera de sus respectivas sedes y respecto de los cuales debe repudiarse todo intento de influir en su decisión, lo que sería groseramente anti-republicano y anti-democrático, actitud a la que jamás vamos a adherirnos ni dejaremos de condenar".

Chalar no lo precisó pero el Tribunal de lo Contencioso Administrativo debe resolver la impugnación del traslado que recusó Mota.

"No he concluido de analizar eso de que 'el Poder Ejecutivo no conoce las razones', en referencia a la jueza que motiva el interés singular de ese Poder del Estado. Debo admitir que me sobresaltó la primera lectura del párrafo y no quiero abundar sobre ello hasta poder reunirme el lunes con mis colegas al reiniciarse la actividad judicial. Me limito a decir que es de incumbencia del Poder Ejecutivo enterarse de lo que estime del caso; siempre que no se entrometa, claro está, cayendo fuera del marco constitucional, en lo que no le compete. Pero para conocer las razones que justifican el traslado de un juez, a la prensa, al lector o a quien sea, le basta acudir a la lectura de la resolución y de la Constitución que la misma tiene por antecedente lógico. Si después de eso, `conocen` o no, ya no sé de qué depende".

Chalar, consultado por El País, también se refirió a las dudas sobre la constitucionalidad del traslado que expresó del Poder Ejecutivo.

"En cuanto a si la resolución de la Corte fue o no ajustada al artículo constitucional que el Poder Ejecutivo elige citar o cualquier otra norma, simplemente me limito a decir que ese juicio no es competencia del Poder Ejecutivo y por ahora debo creer que no pretende invocarlo. Tampoco el Poder Judicial entra a cavilar respecto de las razones que motiven la designación del director del Correo, a mero título de ejemplo. Es mi intención plantear este tema en el acuerdo del lunes, si otro ministro no lo propone antes", afirmó Chalar.

El TCA demorará dos años

En dos años se estima que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) se pronunciará sobre el traslado de la jueza Mariana Mota. La Corte alegó en su resolución razones de servicio y el ciclo cumplido por la magistrado al frente de su sede penal. El Ejecutivo manejó ante ONU que la decisión de la Corte pudo ser inconstitucional. Lo mismo alegó Mota dado que la Corte no consultó previo al traslado al fiscal de Corte, como lo prevé el artículo 246 de la Carta.

La Corte ya respondió que si bien no hubo consulta, el hecho no invalida el acto administrativo y ya pasó en otros casos.


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