El Día Internacional de la Niña se oficializó hace ocho años, cuando la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas reconoció que millones de niñas en el mundo viven una doble discriminación, por razones de género y de edad. Desde ese entonces, todos los 11 de octubre se celebran actividades que apuntan a promover, respetar y defender sus derechos, a protegerlas para que puedan crecer en ambientes libres de violencia y a garantizar que sus voces sean escuchadas, entre otras cosas. El sistema penal español a vuelto a demostrar su falta de capacidad técnica y mental y su espíritu misógino y permido
Este año, mientras eso sucedía en distintos puntos del globo terráqueo en las puertas del consulado uruguayo de Barcelona una niña de siete años fue separada de su madre para ser trasladada a la casa de su padre, un hombre acusado de haber abusado sexualmente de ella. La niña viajó más de cuatro horas con personas que no conocía (porque, pese a que estaba previsto, su padre no fue a buscarla) para reencontrarse en el pueblo de Vielha con su progenitor, a quien no veía desde hacía más de tres años.
La entrega de la niña al padre fue dispuesta por la Justicia española el 1º de octubre, después de un largo proceso para definir quién debía quedarse con la custodia. En la sentencia, la jueza Cristina Marrero Pérez alegó que no había pruebas suficientes para demostrar que el hombre había abusado sexualmente de su hija y dijo que la madre –que es uruguaya– tenía problemas psiquiátricos.
El fallo determinó para María un régimen de visitas de dos horas semanales, en un punto de encuentro elegido por la Justicia y siempre en compañía de profesionales.
Hay varios detalles para describir cómo fue la separación entre la madre y la hija en Barcelona, pero quizás el único que importa es el puñado de palabras que la niña gritó y repitió antes de subir al auto de la Policía autonómica de Cataluña: “No me quiero ir”. Parada en la vereda, su madre, María, era contenida por familiares y decenas de mujeres que a su alrededor agitaban carteles con frases como “La Justicia patriarcal defiende abusadores”. Una escena parecida a esta se había vivido días antes frente a la embajada de España en Montevideo, en respuesta a una convocatoria de la Intersocial Feminista para apoyar a María y rechazar la sentencia de la Justicia española. En las dos ciudades se tejió una red de sororidad que, bajo la consigna #MaríaNoEstáSola, también se extendió a otros países. Sin embargo, el fallo de la Justicia española fue contundente y desató un segundo infierno para María y su familia. El primero había empezado algunos años antes.
La cronología
La historia comenzó en abril de 2016, cuando María viajó con su hija a Montevideo para visitar a la familia. Era habitual que viajaran en esas fechas, para Semana de Turismo, y la niña tenía el permiso del padre. Durante la estadía en Uruguay, la pequeña –que entonces tenía cuatro años– manifestó algunas actitudes que preocuparon a María y a sus familiares. En especial, llamó la atención una serie de dibujos que realizó la niña con un contenido sexual inusual para su edad. La mujer decidió entonces consultar con psicólogas y otras especialistas infantiles uruguayas, que después de varias sesiones concluyeron que había indicios de que la niña había sufrido abusos sexuales por parte del padre y que, además, había presenciado episodios de violencia de género hacia la madre.
Los informes y las pericias realizadas en nuestro país desentrañan en detalle cuáles fueron las palabras, los gestos y los dibujos de la niña que activaron las alarmas. “Surgen indicadores físicos y emocionales de maltrato y abuso sexual infantil por parte de la figura paterna”, concluye la psicóloga sexual Rosario Cardoner en un informe realizado en junio de 2016 al que tuvo acceso la diaria. La especialista asegura en el documento que “la figura paterna aparece siempre, desde lo gráfico y lo discursivo, en referencia a aspectos negativos, persecutorios, hostiles y que le generan mucho temor”.
La psicóloga tratante de la niña en Uruguay, Laura Gandolfo, asegura en un informe realizado un mes después que “hasta llegar a Montevideo la niña ha vivido en un ambiente violento” y, en el mismo sentido que Cardoner, concluye que “en sus expresiones verbales, juegos y dibujos se ven indicadores de abuso sexual por parte del padre, en actividades obligadas relacionadas con ‘juegos sexuales’ a modo de rituales” que incluían, entre otras cosas, “el contacto con órganos sexuales”.
Hay varios detalles para describir cómo fue la separación entre la madre y la hija en Barcelona, pero quizás el único que importa es el puñado de palabras que la niña gritó y repitió antes de subir al auto de la Policía autonómica de Cataluña: “No me quiero ir”. Parada en la vereda, su madre, María, era contenida por familiares y decenas de mujeres que a su alrededor agitaban carteles con frases como “La Justicia patriarcal defiende abusadores”. Una escena parecida a esta se había vivido días antes frente a la embajada de España en Montevideo, en respuesta a una convocatoria de la Intersocial Feminista para apoyar a María y rechazar la sentencia de la Justicia española. En las dos ciudades se tejió una red de sororidad que, bajo la consigna #MaríaNoEstáSola, también se extendió a otros países. Sin embargo, el fallo de la Justicia española fue contundente y desató un segundo infierno para María y su familia. El primero había empezado algunos años antes.
La cronología
La historia comenzó en abril de 2016, cuando María viajó con su hija a Montevideo para visitar a la familia. Era habitual que viajaran en esas fechas, para Semana de Turismo, y la niña tenía el permiso del padre. Durante la estadía en Uruguay, la pequeña –que entonces tenía cuatro años– manifestó algunas actitudes que preocuparon a María y a sus familiares. En especial, llamó la atención una serie de dibujos que realizó la niña con un contenido sexual inusual para su edad. La mujer decidió entonces consultar con psicólogas y otras especialistas infantiles uruguayas, que después de varias sesiones concluyeron que había indicios de que la niña había sufrido abusos sexuales por parte del padre y que, además, había presenciado episodios de violencia de género hacia la madre.
Los informes y las pericias realizadas en nuestro país desentrañan en detalle cuáles fueron las palabras, los gestos y los dibujos de la niña que activaron las alarmas. “Surgen indicadores físicos y emocionales de maltrato y abuso sexual infantil por parte de la figura paterna”, concluye la psicóloga sexual Rosario Cardoner en un informe realizado en junio de 2016 al que tuvo acceso la diaria. La especialista asegura en el documento que “la figura paterna aparece siempre, desde lo gráfico y lo discursivo, en referencia a aspectos negativos, persecutorios, hostiles y que le generan mucho temor”.
La psicóloga tratante de la niña en Uruguay, Laura Gandolfo, asegura en un informe realizado un mes después que “hasta llegar a Montevideo la niña ha vivido en un ambiente violento” y, en el mismo sentido que Cardoner, concluye que “en sus expresiones verbales, juegos y dibujos se ven indicadores de abuso sexual por parte del padre, en actividades obligadas relacionadas con ‘juegos sexuales’ a modo de rituales” que incluían, entre otras cosas, “el contacto con órganos sexuales”.
El documento, al que también pudo acceder La Diaria, asegura que los comportamientos empezaron a ser recurrentes después de que en diciembre de 2015, “siendo una niña sana hasta ese momento”, sufrió “una doble fisura anal encontrándose en el baño con su padre, en un episodio confuso”.
En el momento la niña fue examinada por una pediatra, que no vio necesario activar el protocolo de abordaje de situaciones de abuso sexual infantil pese a que no había antecedentes médicos que hubieran podido derivar en esos desgarros, y le recomendó una crema cicatrizante y la mandó a su casa. Hace unas semanas, en la audiencia judicial anterior a la sentencia, la pediatra –que trabajaba en el mismo hospital que el padre de la niña– reconoció que no le dio importancia a lo que constató en esa visita médica. También dijo que no recordaba haber escrito un informe en el que dejaba constancia de lesiones vaginales en la niña, después de que uno de los abogados de María le mostró el documento que tenía su firma.
A fines de agosto de 2016 la psicóloga Ana Nin, que en ese momento era subdirectora del Departamento Criminológico del Instituto Técnico Forense, realizó otra pericia en la que aseguró que a partir del episodio de diciembre la niña “no quería estar más con el papá”, “se empezó a hacer pis en la cama y decía que le tenía miedo al padre”. En la parte en la que expone las conclusiones, Nin especifica que “la niña ha sido espectadora de situaciones de violencia doméstica y protagonista de conductas inadecuadas y violentas por parte de su padre”, que manifiesta “que le teme y no confía en él” y que “se hace caca, se angustia y deja de jugar” cuando se le pregunta sobre la situación.
Frente a lo que concluyeron las especialistas, María decidió que no volvería a España y se quedó en Uruguay con su hija, al principio con el aval del padre. Pero al enterarse de las sospechas de abuso el hombre cambió de opinión, la acusó de “sustracción” de la menor y reclamó su restitución. La madre finalmente lo denunció ante la Justicia española por abuso sexual contra su hija.
La Justicia de Uruguay analizó el caso y a fines de diciembre de 2016 impuso al padre la prohibición de comunicación y de acercamiento tanto a la niña como a su madre, quien quedó a cargo de la tenencia provisional de la pequeña. Los técnicos del Poder Judicial determinaron que había indicios de que la mujer había sufrido violencia doméstica y que la niña había sido al menos testigo de estas situaciones, aunque concluyeron que no había elementos para comprobar o descartar el abuso sexual. La defensa de la madre apeló. En junio de 2018 la Suprema Corte de Justicia falló que la niña debía volver a España junto a su madre, y a los pocos días volvieron.
Las omisiones de la Justicia española
El proceso penal continuó en el país europeo hasta febrero de este año, cuando los peritos realizados allí descartaron la posibilidad de que la niña hubiera sufrido abusos por parte del padre y la Justicia archivó las denuncias en contra del hombre. Se inició entonces un proceso por la vía civil para definir quién tenía que quedarse con la custodia. Durante los meses siguientes, la niña concurrió a nueve de las diez audiencias que fijaron los servicios sociales españoles para recomponer el vínculo con el padre y en todas se negó a verlo y se descompuso ante su presencia, según aseguraron familiares.
En este proceso, que terminó finalmente con la entrega de la custodia de la niña al padre, fueron descartadas las pericias uruguayas que contenían las pruebas de los abusos por calificarlas de “parciales”. También fue desestimado por la Fiscalía y la defensa del padre un informe que envió el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) en el que el organismo manifestó la preocupación de que la niña estuviera expuesta a un hombre que ya había ejercido violencia.
Tampoco se tomaron en cuenta los compromisos internacionales asumidos por España en materia de protección de las infancias, como la propia Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 12 establece el “derecho de niñas, niños y adolescentes a expresar su opinión en todos los asuntos que les afectan y a que dicha opinión sea tomada en cuenta”.
Por otra parte, la sentencia judicial se basó en el llamado síndrome de alienación parental (SAP), una falsa patología que no tiene base científica, no cuenta con el aval de la Organización Mundial de la Salud, está prohibida por el Consejo General del Poder Judicial de España en su guía práctica de aplicación de la Ley Integral contra la Violencia de Género y es desaconsejada por organismos internacionales como la Comisión Europea.
El SAP fue inventado en 1985 por el psiquiatra estadounidense Richard Gardner y establece que las madres les lavan el cerebro a sus hijas e hijos para vengarse de los padres y que, por eso, nada de lo que dicen los niños puede ser tomado en cuenta. Este falso síndrome tiene una profunda raíz misógina y patriarcal porque, además, convierte automáticamente al denunciado en víctima y a la denunciante en victimaria. La sentencia del “caso María” va en esa línea: el texto dice específicamente que la madre tiene problemas psiquiátricos –“alguien con personalidad paranoide con tendencia al histrionismo, con baja escala de sinceridad”– y que representa un “riesgo para la niña”. Unos años antes, una pericia realizada por Nin concluyó que María tenía “un curso de pensamiento integrado y finalista”. Pero esta información también fue omitida. La figura paterna aparece en este escenario como la única capaz de cuidar a la niña.
Muchas madres que han denunciado abusos sexuales a sus hijas e hijos por parte de sus ex parejas en España se han enfrentado a sentencias en las que, basadas en el SAP, terminan siendo acusadas de llenarles la cabeza a los niños o “programarlos” para que perjudiquen a los padres. Es emblemático el caso de Infancia Libre, una asociación de madres que aboga por la protección de niñas, niños y adolescentes víctimas de abuso sexual. Algunas de sus integrantes denunciaron a sus ex parejas por abusos sexuales y hoy enfrentan procesos judiciales por incumplir los regímenes de visitas de sus hijos con sus padres o por la imposibilidad de hacerles entrega de las notificaciones judiciales por no conocerse su paradero. En todos los casos, las denuncias presentadas por abusos sexuales fueron sobreseídas de manera provisional. Ellas denuncian, entre otras cosas, que el uso del SAP forma parte de un modus operandi de la Justicia española para criminalizar a las mujeres y favorecer a los varones que abusan.
En enero de este año la Comisión Europea abrió un expediente sancionador a España por no aplicar la directiva institucional contra el abuso sexual infantil; una de las razones alegadas fue la sospecha de que el SAP se utiliza en estos casos “de manera generalizada”.
La batalla de María sigue
Una pregunta quedó rondando en el aire a partir del minuto en el que la niña se subió al auto de la Policía catalana y marchó hacia la casa del padre: ¿y ahora qué? La familia de María convocó dos días después a una conferencia de prensa para aportar detalles sobre la situación. Allí, consultada sobre el proceso judicial, María Laura Michelini, tía de María, dijo que la apelación es la única “salvación”. También aclaró que estos procesos “son largos” y que la segunda instancia demorará “cuatro o cinco meses”.
Mientras tanto, la familia de la niña se concentra en el día a día. María seguirá el régimen de visitas semanal y también mantendrá el contacto con su hija mediante videollamadas. La familia dijo durante la conferencia que, pese a eso, hay muchas cuestiones sobre cómo seguirá la vida de la niña que desconocen.
El día que fue entregada a su padre, la Intersocial Feminista hizo un pedido a las autoridades del INAU para que envíen un equipo de técnicos a supervisar la situación de la niña y las condiciones de su entorno. La idea es que el equipo también brinde apoyo psicológico a María. La propuesta todavía está “en suspenso hasta que se vea la marcha del proceso allá”, dijo la integrante de la articulación feminista Andrea Tuana a la diaria. De todas formas, aclaró, se está apostando a los equipos españoles que realizan el seguimiento del caso.
Distintas instituciones uruguayas se pronunciaron contra la resolución judicial del “caso María”. El Ministerio de Desarrollo Social, a través de un comunicado del Instituto Nacional de las Mujeres, dijo la semana pasada que la restitución de la menor al padre “se realizó sin tomar en cuenta las garantías básicas para proteger a la niña del desgarro emocional a raíz de la separación de su madre –con quien ha convivido en estos últimos años– y vinculándola con figuras temidas y ajenas a su cotidianeidad”.
Por su parte, la Intersocial Feminista y la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual presentaron una queja ante la relatora especial de Naciones Unidas sobre Violencia contra la Mujer, la croata Dubravka Simonovic, cuestionando el trato “cruel, inhumano y degradante” hacia la niña, que no se haya tomado en cuenta su opinión y que el proceso judicial en España estuviera plagado de irregularidades.
En el momento la niña fue examinada por una pediatra, que no vio necesario activar el protocolo de abordaje de situaciones de abuso sexual infantil pese a que no había antecedentes médicos que hubieran podido derivar en esos desgarros, y le recomendó una crema cicatrizante y la mandó a su casa. Hace unas semanas, en la audiencia judicial anterior a la sentencia, la pediatra –que trabajaba en el mismo hospital que el padre de la niña– reconoció que no le dio importancia a lo que constató en esa visita médica. También dijo que no recordaba haber escrito un informe en el que dejaba constancia de lesiones vaginales en la niña, después de que uno de los abogados de María le mostró el documento que tenía su firma.
A fines de agosto de 2016 la psicóloga Ana Nin, que en ese momento era subdirectora del Departamento Criminológico del Instituto Técnico Forense, realizó otra pericia en la que aseguró que a partir del episodio de diciembre la niña “no quería estar más con el papá”, “se empezó a hacer pis en la cama y decía que le tenía miedo al padre”. En la parte en la que expone las conclusiones, Nin especifica que “la niña ha sido espectadora de situaciones de violencia doméstica y protagonista de conductas inadecuadas y violentas por parte de su padre”, que manifiesta “que le teme y no confía en él” y que “se hace caca, se angustia y deja de jugar” cuando se le pregunta sobre la situación.
Frente a lo que concluyeron las especialistas, María decidió que no volvería a España y se quedó en Uruguay con su hija, al principio con el aval del padre. Pero al enterarse de las sospechas de abuso el hombre cambió de opinión, la acusó de “sustracción” de la menor y reclamó su restitución. La madre finalmente lo denunció ante la Justicia española por abuso sexual contra su hija.
La Justicia de Uruguay analizó el caso y a fines de diciembre de 2016 impuso al padre la prohibición de comunicación y de acercamiento tanto a la niña como a su madre, quien quedó a cargo de la tenencia provisional de la pequeña. Los técnicos del Poder Judicial determinaron que había indicios de que la mujer había sufrido violencia doméstica y que la niña había sido al menos testigo de estas situaciones, aunque concluyeron que no había elementos para comprobar o descartar el abuso sexual. La defensa de la madre apeló. En junio de 2018 la Suprema Corte de Justicia falló que la niña debía volver a España junto a su madre, y a los pocos días volvieron.
Las omisiones de la Justicia española
El proceso penal continuó en el país europeo hasta febrero de este año, cuando los peritos realizados allí descartaron la posibilidad de que la niña hubiera sufrido abusos por parte del padre y la Justicia archivó las denuncias en contra del hombre. Se inició entonces un proceso por la vía civil para definir quién tenía que quedarse con la custodia. Durante los meses siguientes, la niña concurrió a nueve de las diez audiencias que fijaron los servicios sociales españoles para recomponer el vínculo con el padre y en todas se negó a verlo y se descompuso ante su presencia, según aseguraron familiares.
En este proceso, que terminó finalmente con la entrega de la custodia de la niña al padre, fueron descartadas las pericias uruguayas que contenían las pruebas de los abusos por calificarlas de “parciales”. También fue desestimado por la Fiscalía y la defensa del padre un informe que envió el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) en el que el organismo manifestó la preocupación de que la niña estuviera expuesta a un hombre que ya había ejercido violencia.
Tampoco se tomaron en cuenta los compromisos internacionales asumidos por España en materia de protección de las infancias, como la propia Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 12 establece el “derecho de niñas, niños y adolescentes a expresar su opinión en todos los asuntos que les afectan y a que dicha opinión sea tomada en cuenta”.
Por otra parte, la sentencia judicial se basó en el llamado síndrome de alienación parental (SAP), una falsa patología que no tiene base científica, no cuenta con el aval de la Organización Mundial de la Salud, está prohibida por el Consejo General del Poder Judicial de España en su guía práctica de aplicación de la Ley Integral contra la Violencia de Género y es desaconsejada por organismos internacionales como la Comisión Europea.
El SAP fue inventado en 1985 por el psiquiatra estadounidense Richard Gardner y establece que las madres les lavan el cerebro a sus hijas e hijos para vengarse de los padres y que, por eso, nada de lo que dicen los niños puede ser tomado en cuenta. Este falso síndrome tiene una profunda raíz misógina y patriarcal porque, además, convierte automáticamente al denunciado en víctima y a la denunciante en victimaria. La sentencia del “caso María” va en esa línea: el texto dice específicamente que la madre tiene problemas psiquiátricos –“alguien con personalidad paranoide con tendencia al histrionismo, con baja escala de sinceridad”– y que representa un “riesgo para la niña”. Unos años antes, una pericia realizada por Nin concluyó que María tenía “un curso de pensamiento integrado y finalista”. Pero esta información también fue omitida. La figura paterna aparece en este escenario como la única capaz de cuidar a la niña.
Muchas madres que han denunciado abusos sexuales a sus hijas e hijos por parte de sus ex parejas en España se han enfrentado a sentencias en las que, basadas en el SAP, terminan siendo acusadas de llenarles la cabeza a los niños o “programarlos” para que perjudiquen a los padres. Es emblemático el caso de Infancia Libre, una asociación de madres que aboga por la protección de niñas, niños y adolescentes víctimas de abuso sexual. Algunas de sus integrantes denunciaron a sus ex parejas por abusos sexuales y hoy enfrentan procesos judiciales por incumplir los regímenes de visitas de sus hijos con sus padres o por la imposibilidad de hacerles entrega de las notificaciones judiciales por no conocerse su paradero. En todos los casos, las denuncias presentadas por abusos sexuales fueron sobreseídas de manera provisional. Ellas denuncian, entre otras cosas, que el uso del SAP forma parte de un modus operandi de la Justicia española para criminalizar a las mujeres y favorecer a los varones que abusan.
En enero de este año la Comisión Europea abrió un expediente sancionador a España por no aplicar la directiva institucional contra el abuso sexual infantil; una de las razones alegadas fue la sospecha de que el SAP se utiliza en estos casos “de manera generalizada”.
La batalla de María sigue
Una pregunta quedó rondando en el aire a partir del minuto en el que la niña se subió al auto de la Policía catalana y marchó hacia la casa del padre: ¿y ahora qué? La familia de María convocó dos días después a una conferencia de prensa para aportar detalles sobre la situación. Allí, consultada sobre el proceso judicial, María Laura Michelini, tía de María, dijo que la apelación es la única “salvación”. También aclaró que estos procesos “son largos” y que la segunda instancia demorará “cuatro o cinco meses”.
Mientras tanto, la familia de la niña se concentra en el día a día. María seguirá el régimen de visitas semanal y también mantendrá el contacto con su hija mediante videollamadas. La familia dijo durante la conferencia que, pese a eso, hay muchas cuestiones sobre cómo seguirá la vida de la niña que desconocen.
El día que fue entregada a su padre, la Intersocial Feminista hizo un pedido a las autoridades del INAU para que envíen un equipo de técnicos a supervisar la situación de la niña y las condiciones de su entorno. La idea es que el equipo también brinde apoyo psicológico a María. La propuesta todavía está “en suspenso hasta que se vea la marcha del proceso allá”, dijo la integrante de la articulación feminista Andrea Tuana a la diaria. De todas formas, aclaró, se está apostando a los equipos españoles que realizan el seguimiento del caso.
Distintas instituciones uruguayas se pronunciaron contra la resolución judicial del “caso María”. El Ministerio de Desarrollo Social, a través de un comunicado del Instituto Nacional de las Mujeres, dijo la semana pasada que la restitución de la menor al padre “se realizó sin tomar en cuenta las garantías básicas para proteger a la niña del desgarro emocional a raíz de la separación de su madre –con quien ha convivido en estos últimos años– y vinculándola con figuras temidas y ajenas a su cotidianeidad”.
Por su parte, la Intersocial Feminista y la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual presentaron una queja ante la relatora especial de Naciones Unidas sobre Violencia contra la Mujer, la croata Dubravka Simonovic, cuestionando el trato “cruel, inhumano y degradante” hacia la niña, que no se haya tomado en cuenta su opinión y que el proceso judicial en España estuviera plagado de irregularidades.
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