Por qué los delegados del club M. Wanderers no se quedaron a la votación de presidente del Consejo de Neutrales de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) ? La directiva del club del Prado envió un muy fundamentado comunicado, en el que explicó los motivos por los que decidieron retirarse de la asamblea antes que comenzara la elección para el nuevo presidente de la AUF.
Montevideo, 29 de julio de 2014
Cabe precisar
Montevideo Wanderers no vota en blanco
Montevideo Wanderers no va a votar a ninguno de los actuales, ni a otros eventuales candidatos.
No va a participar en la elección. Por cuanto considera no están dadas las condiciones, para elegir un consejo ejecutivo de AUf por cuatro años sin antes:
1- No se aprueba e incorpora al reglamento de AUF las normas obligatorias FIFA.
2- Si antes no se procede a realizar los cambios en el modelo de futbol uruguayo, cuya necesidad se acepta por los clubes, pero luego no se concreta.
Los fundamentos de la posición del club Montevideo Wanderers, son los siguientes:
(1) A fines de agosto de 2011, como consecuencia de la situación creada con el jugador Nicolás López a iniciativa del Club Nacional en reunión con el Consejo Ejecutivo y presidentes de otros clubes, se designó una Comisión Especial, presidida por el Dr. Daniel Pastorini e integrada con los Dres. Eduardo Neyra, Enrique Frade, Gastón Inda y Esc. Guillermo Pena “para la adecuación de las normas de los reglamentos de AUF con la normativa FIFA y de otras modificaciones en protección de los derechos de los clubes”.
La Comisión produjo un informe que entregó al Consejo Ejecutivo presidido por el Dr. Sebastian Bauza, el 26.11.2011, en el cual se incluyó entre otras “las disposiciones de FIFA que son obligatorias en el ámbito nacional y deben incorporarse sin modificación al Reglamento de las Asociaciones (AUF) los artículos 2 al 8, 10, 11, 18, 18 bis, 19 y 19 bis, que se dispone preceptivamente en el “Estatuto y la Transferencia de Jugadores, en su artículo 1° numeral 3° literal a)”.
Normas de singular importancia que refieren entre otras a la definición de jugador profesional, al período de inscripción, al pasaporte del jugador, al préstamo de jugadores profesionales, a la regulación de la relación de los futbolistas profesionales y los Clubes; intervención de Agentes. Impedimentos a contratistas y terceros (Artículo 18); influencia de terceros en los Clubes (Artículo 18 bis); protección de menores de edad (Artículo 19).
(2) El el 11 de marzo de 2014 en la Sede del club Montevideo Wanderers, con la participación de 13 Clubes se ratificó:
a) Asumir la responsabilidad de elaborar un proyecto de un nuevo modelo estructural del fútbol profesional uruguayo, viable con la realidad del mismo y del país, ajustado a la normativa FIFA.
b) Instrumentar los procedimientos adecuados para la elaboración de los proyectos y su aprobación, con la finalidad de que se pueda comenzar a aplicar a partir del mes de agosto del corriente año.
(3) En la asamblea general extraordinaria del 15 de mayo de 2014, Montevideo Wanderers conjuntamente con River Plate, Fenix, Racing y Juventud de Las Piedras, propuso en el orden del día:
(3.1) Aprobar las disposiciones de FIFA obligatorias en el ámbito nacional, que deben incorporarse sin modificación al Reglamento de AUF (Artículos 2 al 8, 10, 11, 18, 18 bis, 19 y 19 bis del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores).
Informe de la Comisión Especial, designada presentado al Consejo Ejecutivo de AUF el 16 de noviembre de 2011.
(3.2) El ordenamiento de los clubes en categorías profesional y aficionados (amateurs).
Integración de las ligas.
Las normas básicas que se consideran necesarias aprobadas y a regir de inmediato, previo al inicio de la próxima temporada.
Categoría de clubes. Los clubes de fútbol afiliados a la AUF serán de categoría profesional y de categoría aficionado (amateur).
Integración de las Ligas Profesionales. Los clubes de categoría profesional integraran las ligas profesionales de primera y segunda división. Los clubes de categoría aficionados (amateur). Integraran las correspondientes ligas amateur de Montevideo y del interior del país en las que tenga ubicación su sede.
Las Ligas Profesionales, disputaran sus campeonatos en forma independiente y no vinculante con la competencia deportiva que se desarrolla en las ligas amateur. No existe régimen de ascensos y descensos, entre clubes y ligas de diferente categoría deportiva.
La incorporación de un club de categoría profesional a las ligas profesionales, cualquiera sea el lugar de su sede en el país corresponderá por la liga de segunda división profesional.
(3.3) La implantación del sistema de concesión de licencias de clubes profesionales de primera y segunda división en el ámbito nacional incluye la incorporación de los criterios mínimos establecidos en el Reglamento FIFA, establecidas en el proyecto de Montevideo Wanderers incluidas en el orden del día de la asamblea del 15 de mayo.
(4) Proceder a la designación de una Comisión Especial de 5 miembros, con el cometido de la elaboración y la consideración, conjuntamente con proyectos que presenten los clubes, para su aprobación por la Asamblea General antes del 31 de julio, con los siguientes contenidos:
a) Revisión del Sistema de Gobierno de AUF y la competencia de sus diferentes órganos que lo integran; Incluyendo la modernización de los órganos jurisdiccionales, su competencia y los tiempos para adoptar decisiones.
b) Análisis de propuestas y proyectos de orden económico, que permitan el sustento de un modelo de fútbol profesional uruguayo que sea viable para los clubes, la inversión en las divisionales juveniles y el mantenimiento del actual proyecto integral de selecciones nacionales (mayor y juveniles).
c) Complemento de los requisitos necesarios para otorgar las licencias de club profesional, a regir a partir de la temporada 2015/2016.
(5) En la asamblea del 15 de mayo de 2014, no se consideró el orden del día referido, posponiéndose su tratamiento, situación en que permanece.
Situación que cabe advertir tiene especiales consecuencias y posibles sanciones de FIFA y/o Conmebol con referencia a las disposiciones de FIFA obligatorias.
Teniendo presente la nota de FIFA de fecha 10 de abril de 2014 y Conmebol dirigida a AUF del 20 de mayo del 2014 a lo que se agrega la reciente sanción aplicada en marzo por la Comisión de Disciplina de FIFA, ratificada por el Tribunal de Apelación, a la Real Federación Española de Fútbol de 500.000 francos suizos y al Club Barcelona por igual cantidad con prohibición de realizar transferencias por dos años. Actualmente en suspenso (como medida cautelar) hasta que se expida el TAS; por no aplicar lo dispuesto por las normas obligatorias del artículo 1 numeral 3 literal a del Estatuto de Transferencia de Jugadores de FIFA.
(6) Entiende el Club Montevideo Wanderers, que no se puede seguir en la ficción con una estructura de Fútbol Profesional perimida, ajena a la realidad.
Se trata de algo más que una elección del Presidente de AUF y demás integrantes del Consejo Ejecutivo. Es la necesidad de encarar un cambio integral del modelo para que pueda ser viable. Adaptándolo a la realidad del país y de conformidad a las normas de FIFA.
La pérdida de credibilidad en el actual sistema del fútbol uruguayo es el resultado de situaciones que hay que reconocer y aceptar que la dirigencia no ha podido resolver.
No basta con diagnosticar los problemas del fútbol para seguir repitiéndolos. Llegó el momento de actuar y aplicar la terapia adecuada.
Elegir los integrantes del Consejo Ejecutivo, sin sustituir las actuales estructuras y sin resolver primero el modelo del fútbol uruguayo profesional posible y viable sería un acto irracional.
Es el momento por tanto para establecer una etapa de transición.
En ese tiempo de transición hay que implementar las reformas siguiendo una metodología, elaborando el proyecto que debe ser aprobado en ese tiempo con los cambios. Un compromiso y una responsabilidad que deberán asumir los Clubes directamente con sus máximas autoridades.
Debe ineludiblemente ser un gobierno provisorio con la participación directa de los Clubes Profesionales representados por sus máximas autoridades.
En tanto la administración y conducción de la actividad deportiva en ese lapso corresponderá realizarla a los Consejos y Mesas Ejecutivas de las ligas profesionales conforme a las competencias establecidas por los artículos 25 a 29 del Estatuto.
Esa etapa de transición deberá terminar antes del 15 de diciembre, con la aprobación del nuevo modelo y la adecuación a la normativa FIFA. Recién en ese momento corresponderá la elección del Consejo Ejecutivo de AUF por los cuatro años.
Por las razones expuestas Montevideo Wanderers no va a participar en la elección de presidente y demás integrantes del consejo ejecutivo, convocada para el día de hoy, y se va a retirar de Sala
Por Montevideo Wanderers FC
Raúl Aguerrebere - Dr. Jorge Nin y Vivo
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