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viernes, 7 de junio de 2013

SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA: CUANDO SE DEJAN DE LADO LOS PERSONALISMOS, SE PUEDE COORDINAR ENTRE TODOS UNA BUENA NORMA LEGAL

Finalmente el gobernante Frente Amplio y los partidos políticos de la oposición lograron coordinar un proyecto de ley por el que se crea el Sistema Nacional de Inteligencia (SNI), que concentrará y dirigirá el funcionamiento de los organismos de inteligencia que actualmente tienen 4 ministerios (Defensa, Interior, Relaciones Exteriores y Economía), todos los cuales conforman la comunidad de inteligencia.


Uno de los aspectos más resaltables de la iniciativa, negociada durante tres años a partir de un proyecto de ley original del diputado colorado José Amy, de Vamos Uruguay, es que el sistema tendrá control parlamentario a través de una comisión permanente de la Asamblea General cuyos integrantes, incluso los exmiembros, podrían hasta ser separados de su banca o sometidos a la justicia en caso de divulgar información reservada por estar cometiendo 'conductas que lo hacen indigno de la representación que inviste', en el marco de lo que establece el artículo 115 de la Constitución.

Se establece que los organismos de inteligencia tendrán 'especialmente prohibido' realizar tareas represivas, cumplir por sí funciones policiales o de investigación criminal, salvo requerimiento policial.

El nuevo organismo coordinará las actividades de inteligencia, contrainteligencia, inteligencia estratégica de Estado, inteligencia militar, policial, manejo de fuentes (abiertas o cerradas), entre otros tópicos.

Esta iniciativa será reglamentada por el Poder Ejecutivo en una ley complementaria que fijará los 'lineamientos estratégicos y objetivos generales de la política nacional de inteligencia', es decir qué tipo de estrategia de inteligencia se implementará de acuerdo con las hipótesis de conflicto que afronte el país.

La reglamentación preverá además la creación de una especie de comisionado parlamentario para el SNI, que estará encargado de recibir las denuncias de ciudadanos o funcionarios dependientes de los órganos de inteligencia.

Otro de los artículos establece la creación de la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado (SIEE) y uno de sus cometidos específicos será aplicar medidas de inteligencia y contrainteligencia con el fin de detectar y enfrentar acciones de grupos terroristas nacionales o internacionales, de organizaciones criminales transnacionales así como otras amenazas al Estado.
Información

Los organismos de inteligencia no estarán comprendidos en la ley que establece el acceso de los ciudadanos a la información pública, de 2008. La información que no deberá ser divulgada al amparo de esta disposición tiene relación con lo que comprometa la seguridad pública o la defensa nacional, o lo relativo a la estabilidad financiera del país, o incluso lo que desproteja descubrimientos científicos, tecnológicos o culturales.

Pero hay una excepción en la iniciativa sobre el carácter clasificado de la información: es cuando la información refiera a la violación de los derechos humanos o ayude a prevenirla.

Un artículo establece la clasificación como reservada de la identidad de las 'fuentes cerradas' de información.

La designación del director de la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado deberá hacerse en un plazo máximo de 120 días y con una mayoría de 3/5 del total de componentes de la Asamblea General, por lo que el candidato deberá reunir un importante apoyo político de todos los partidos.

Otra disposición establece que la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado podrá contratar integrantes eventuales, según sus necesidades específicas, además de contar con sus miembros permanentes.

Daniel Isgleas
Fuente:El País

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