RESOLUCIÓN DEL CDC DEL 8/8/17 CON RESPECTO A LA REFUNCIONALIZACIÓN DEL HOSPITAL DE CLÍNICAS.
011000-001368-17 - VISTO:
a) La resolución N° 5 del CDC de fecha 11 de julio de 2017, en particular sus considerando D y E;
b) La necesidad de continuar avanzando en los procesos tendientes a mejorar la inserción del
Hospital de Clínicas en el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS);
CONSIDERANDO:
1. Que la Universidad encargó a la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración la realización de los estudios de Pre-Factibilidad, Factibilidad y Valor por Dinero que establece la Ley N° 18.786;
2. Que el estudio de Pre-Factibilidad presentado a este Consejo ha sido ampliamente discutido en los Servicios y Órdenes y del mismo se desprende que los contratos a firmar bajo el mecanismo de Participación Público Privada para ser viables deberían ser de al menos 25 años y que los mismos implican importantes pagos anuales por los conceptos de pagos por disponibilidad y pagos por servicios transferidos;
3. Que dicho estudio señala que esta forma de financiamiento de las obras y el mantenimiento no representa una ventaja significativa en lo económico con respecto a las vías tradicionales de financiación de obra pública;
4. Que para hacer frente a un contrato de Participación Público Privada, de acuerdo al artículo 60 de la ley 18.786 los pagos correspondientes a dicho contrato deberían incluirse en el Inciso 24 Diversos Créditos y deducir el equivalente del crédito de inversiones del Inciso contratante. Por lo cual, si no es aumentado el crédito en inversiones en ese monto, los costos del contrato provendrían del presupuesto universitario en forma exclusiva por lo que la Universidad quedaría endeudada por muchos años sin garantía de que los fondos para pagar dicha deuda no comprometan al conjunto del presupuesto universitario;
5. Que este problema es particularmente difícil de resolver porque los plazos involucrados exceden ampliamente un período de gobierno, siendo esta dificultad común a cualquier vía de financiamiento que no sea por Rentas Generales y que esta dificultad se agrava en lo relativo al mantenimiento en la medida que el presupuesto del Hospital no está separado del resto de la Universidad;
6. Que dichas asignaciones deben realizarse una vez firmado el contrato que marca la ley N° 18.786 y solo pueden hacerse en el marco de las leyes de presupuesto y sus posteriores rendiciones de cuentas. A su vez, previo a la firma del contrato, la Administración Pública Contratante (en este caso la UdelaR) debe presentar la consistencia de los desembolsos futuros vinculados al Contrato con sus previsiones presupuestales. Por lo que no es posible que las actuales autoridades puedan asegurar esa asignación y por lo tanto que no se va a comprometer el presupuesto de la Universidad de la República;
7. La necesidad que el país y el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) cuente con un Hospital Universitario que lidere la formación de los recursos humanos para la salud, la innovación y la investigación clínica en coordinación estrecha con la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) y otros efectores públicos y privados que participan de la enseñanza y generación de conocimiento en el área de las ciencias de la salud;
8. La decisión del Hospital de Clínicas, la Facultad de Medicina y la Universidad de la República de avanzar en un proceso de reconversión profunda del Hospital con el objetivo de mejorar la calidad de la asistencia, la enseñanza y la investigación, lo cual se manifiesta en los documentos elaborados por la Comisión de Líneas Estratégicas, en particular el resumen ejecutivo de Junio de 2015 aprobado por la Comisión Directiva del Hospital de Clínicas;
9. Que la refuncionalización del Hospital implica transformaciones profundas en su organización, estructura docente y no docente, programa asistencial y dimensionamiento, impulso de la investigación -en particular la investigación clínica-, diversificación de las fuentes de financiamiento, determinación de las posibilidades de satisfacer las necesidades de salud del sector público, además de la readecuación de su planta física y equipamiento;
10. Los avances alcanzados en el objetivo de concretar la inserción del Hospital en el SNIS a través de resoluciones adoptadas oportunamente por la Red Integrada de Efectores Públicos de Salud (RIEPS) y el convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo y la Universidad en el marco de complementación con ASSE del 14 de diciembre de 2016;
11. Que más allá de los avances establecidos en el punto anterior para lograr la integración del Hospital de Clínicas al SNIS, la misma aún no se ha concretado de manera efectiva;
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA resuelve:
A) Agradecer a los equipos técnicos que elaboraron los importantes estudios de Pre-Factibilidad, Factibilidad y Valor por Dinero que establece la Ley N° 18.786.
B) Suspender los trámites de aplicación de la modalidad de Participación Público-Privada en el marco de la Ley 18.786 para el proyecto de refuncionalización del Hospital de Clínicas.
C) Mantener la búsqueda de alternativas de financiamiento para llevar a cabo la totalidad del proyecto de refuncionalización del Hospital de Clínicas.
D) Solicitar que se tomen medidas legislativas que posibiliten que la reforma y mantenimiento del Hospital de Clínicas no comprometan el resto del presupuesto universitario y que los servicios asistenciales del Hospital de Clínicas sean complementados con aportes de los fondos nacionales de salud.
E) Solicitar a la Dirección del HC que en un plazo no mayor a 90 días presente a este organismo una propuesta de Integración al SNIS utilizando como insumo los avances elaborados por la Comisión de Líneas Estratégicas aprobados por el Hospital de Clínicas en Junio de 2015 y lo oportunamente presentado y avalado ante la Red Integrada de Efectores Públicos de Salud, con su correspondiente actualización. En dicho plan deberán considerarse específicamente:
E) Determinación conjuntamente con las autoridades sanitarias nacionales de las demandas del sector público que debería satisfacer el Hospital de Clínicas, establecer el paquete de prestaciones para las cuales el Hospital será referencia regional o nacional para usuarios de ASSE u otros efectores.
b) Propuesta de prioridades de inversión en planta física y equipamiento a ejecutarse en el corto plazo.
c) Informe detallado de los avances en la mejora de la gestión y propuesta de reglamentación de la nueva ordenanza.
F) Cometer al Señor Rector la comunicación de esta resolución al Poder Ejecutivo.
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El equipo consultor que asesora a la Universidad de la
República (Udelar) en la elaboración de los estudios de prefactibilidad
sobre la obra en el Hospital de Clínicas mediante un proyecto de
participación público-privada (PPP) hizo, el jueves, una presentación
sobre la marcha de los estudios ante los integrantes del Comité por el
Clínicas (el rector Roberto Markarian, la directora del hospital,
Graciela Ubach, el decano de la Facultad de Medicina, Fernando Tomasina,
y representantes de los órdenes). La presentación concluye que el proyecto arquitectónico de refuncionalización,
elaborado por técnicos universitarios y aprobado por el Consejo
Directivo Central (CDC) de la Udelar, “presenta desafíos importantes
para su implementación, pero es viable”; que “es viable, desde la
bancabilidad, implementar el proyecto bajo el marco normativo de la ley
de PPP”; y que “el impacto fiscal y presupuestal es moderado”. Según se
acordó en la reunión, el martes 13 se presentará la información en el
CDC y antes de fin de mes se tomará una definición sobre continuar o no
con el proceso que determina la ley de PPP.
El estudio, elaborado por consultores de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración, plantea dos escenarios de contratos de PPP: uno en el que el contrato dura 25 años y otro en el que dura 35 años, y, a su vez, para cada plazo del contrato hace estimaciones de costos según cuántos años dure la construcción (dos, tres o cinco años); el tiempo de construcción es importante porque en esos años el Estado todavía no le debe pagar al privado, ya que se comienza a pagar cuando se dispone de la obra. A su vez, el estudio determina cuánto se debería pagar al privado por los servicios transferidos (por los servicios que brindará en el hospital) y cuánto por pago por disponibilidad, es decir, por la obra. La suma de ambos ítems da el monto global a pagar.
A su vez, luego de calcular el pago total del contrato, el estudio presenta el valor actual neto, es decir, la actualización del monto total. Los cálculos indican que si la obra se realizara en cinco años y el contrato durara 25, el monto total de la refuncionalización del Hospital de Clínicas sería de 1.049 millones de dólares, y en caso de que el contrato durara 35 años, el monto total de la PPP sería de 1.111 millones de dólares. En ambos casos el estudio preliminar de valor por dinero, que compara el costo que tendría la obra siguiendo el método tradicional de licitación de obra pública con el mecanismo de PPP, da positivo (para 25 años de contrato contando cinco años de obra y para 35 años de contrato y tres de construcción), lo que indica que sería más conveniente este segundo procedimiento.
El informe presenta tres alternativas de servicios a tercerizar: en todos los casos se incluye el mantenimiento del edificio y de los equipos no médicos, la jardinería y el control de plagas, el transporte de los residuos médicos y el suministro de gases medicinales y productos químicos. La alternativa que, según la presentación, resultaría más conveniente incluye también el manejo de los servicios informáticos, el mantenimiento de los equipos médicos, la seguridad y vigilancia y el servicio de lavandería.
Federico Kreimerman, representante de los egresados en el comité, cuestionó que “en el mejor de los escenarios, al Estado uruguayo le termine saliendo más de 1.000 millones de dólares la obra”, cuando se estima que por el método tradicional costaría alrededor de 120 millones de dólares. Reconoce que a este monto habría que agregarle los costos de los servicios por la duración del contrato (que en la PPP se incluyen en el monto global), pero la cifra igual es mucho menor, añade.
Kreimerman consideró que el Ministerio de Economía y Finanzas “quiere usar la PPP porque no tiene que pagar durante la construcción”, lo que implica que no se aumente el déficit fiscal en el corto plazo, “pero en cinco años tendría que empezar a pagar 32 millones de dólares por 20 años, lo que es patear para adelante el problema desde el punto de vista fiscal”. Por su parte, Valeria Sánchez, la representante estudiantil en el comité, cuestionó que si se habilita la PPP “se cede en autonomía”, porque quien asume el compromiso del pago al privado es la Udelar y “no podés asegurar que vayas a tener un incremento presupuestal que permita acompañar ese pago durante todo el contrato. El gobierno actual no lo puede asegurar, y sería una locura pensar que lo deba pagar la Udelar con el presupuesto que tiene hoy”.
Entre docentes universitarios circula una carta que se manifiesta en contra de la PPP para el hospital, que ha reunido 90 firmas. Entre ellas, las del ex decano de Medicina Felipe Schelotto, la del ex prorrector de investigación Gregory Randall y la del ex ministro de Industria, Energía y Minería Roberto Kreimerman.
El estudio, elaborado por consultores de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración, plantea dos escenarios de contratos de PPP: uno en el que el contrato dura 25 años y otro en el que dura 35 años, y, a su vez, para cada plazo del contrato hace estimaciones de costos según cuántos años dure la construcción (dos, tres o cinco años); el tiempo de construcción es importante porque en esos años el Estado todavía no le debe pagar al privado, ya que se comienza a pagar cuando se dispone de la obra. A su vez, el estudio determina cuánto se debería pagar al privado por los servicios transferidos (por los servicios que brindará en el hospital) y cuánto por pago por disponibilidad, es decir, por la obra. La suma de ambos ítems da el monto global a pagar.
A su vez, luego de calcular el pago total del contrato, el estudio presenta el valor actual neto, es decir, la actualización del monto total. Los cálculos indican que si la obra se realizara en cinco años y el contrato durara 25, el monto total de la refuncionalización del Hospital de Clínicas sería de 1.049 millones de dólares, y en caso de que el contrato durara 35 años, el monto total de la PPP sería de 1.111 millones de dólares. En ambos casos el estudio preliminar de valor por dinero, que compara el costo que tendría la obra siguiendo el método tradicional de licitación de obra pública con el mecanismo de PPP, da positivo (para 25 años de contrato contando cinco años de obra y para 35 años de contrato y tres de construcción), lo que indica que sería más conveniente este segundo procedimiento.
El informe presenta tres alternativas de servicios a tercerizar: en todos los casos se incluye el mantenimiento del edificio y de los equipos no médicos, la jardinería y el control de plagas, el transporte de los residuos médicos y el suministro de gases medicinales y productos químicos. La alternativa que, según la presentación, resultaría más conveniente incluye también el manejo de los servicios informáticos, el mantenimiento de los equipos médicos, la seguridad y vigilancia y el servicio de lavandería.
Federico Kreimerman, representante de los egresados en el comité, cuestionó que “en el mejor de los escenarios, al Estado uruguayo le termine saliendo más de 1.000 millones de dólares la obra”, cuando se estima que por el método tradicional costaría alrededor de 120 millones de dólares. Reconoce que a este monto habría que agregarle los costos de los servicios por la duración del contrato (que en la PPP se incluyen en el monto global), pero la cifra igual es mucho menor, añade.
Kreimerman consideró que el Ministerio de Economía y Finanzas “quiere usar la PPP porque no tiene que pagar durante la construcción”, lo que implica que no se aumente el déficit fiscal en el corto plazo, “pero en cinco años tendría que empezar a pagar 32 millones de dólares por 20 años, lo que es patear para adelante el problema desde el punto de vista fiscal”. Por su parte, Valeria Sánchez, la representante estudiantil en el comité, cuestionó que si se habilita la PPP “se cede en autonomía”, porque quien asume el compromiso del pago al privado es la Udelar y “no podés asegurar que vayas a tener un incremento presupuestal que permita acompañar ese pago durante todo el contrato. El gobierno actual no lo puede asegurar, y sería una locura pensar que lo deba pagar la Udelar con el presupuesto que tiene hoy”.
Entre docentes universitarios circula una carta que se manifiesta en contra de la PPP para el hospital, que ha reunido 90 firmas. Entre ellas, las del ex decano de Medicina Felipe Schelotto, la del ex prorrector de investigación Gregory Randall y la del ex ministro de Industria, Energía y Minería Roberto Kreimerman.
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