La justicia alemana dictó sentencia a favor de un inquilino, en una insólita demanda que presentó el dueño de la vivienda que ocupaba, que le reclamaba 1.900 euros por orinar de pie y mancharle el piso.
El inquilino había presentado una demanda contra el propietario, que pretendía retener 1 900 euros del total de 3.000 euros depositados como garantía al suscribir el contrato de alquiler.
El argumento era que con su hábito de orinar de pie había causado daños en el suelo de mármol de la sala de baño.
La audiencia administrativa de Düsseldorf (oeste del país) dictaminó que orinar de pie es un hábito "generalizado" y que, en cambio, los daños que pueda originar en el suelo son "apenas conocidos".
"A pesar de la creciente domesticación del varón, sigue siendo una costumbre generalizada orinar de pie", reza la sentencia de esa cámara.
Es entendible que un hombre pueda generar la reacción de alguien que cuida mucho su propiedad (especialmente si es una mujer), indica la sentencia, pero eso no significa que deba actuar de otra manera "por consideración hacia el piso", por mucho que sea de mármol, concluye.
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