Fue procesado esta mañana sin prisión el ex Intendente del departamento de Treinta y Tres entre los años 2005 y 2010, Dr. Gerardo Amaral (Treinta y Tres, 26-08- 1953), por el delito de “conjunción de interés personal y público”. Se ha informado que la defensa del Dr. Amaral apelará esta resolución judicial.
Junto al ex jefe comunal fueron procesados una ex funcionaria de rango de su administración y su marido, acusados de irregularidades en obras de remodelación en la Casa de la Cultura.
La indagatoria de este caso comenzó hace 4 años, para llegar a determinar si se constituyó un delito en la contratación bajo la administración de Amaral, de una empresa para hacer obras en la Casa de la Cultura y a la que estaba vinculado el marido de una empleada de la Intendencia de Treinta y Tres.
Gerardo Amaral, del Partido Socialista, fue elegido intendente en 2005, siendo el primer jefe comunal de ese departamento perteneciente al Frente Amplio. Cinco años mas tarde se presentó para una reelección, pero fue vencido por el nacionalista Dardo Sánchez de Alianza Nacional, actual intendente de Treinta y Tres.
Quien presentó la denuncia en el 2010 fue la propia Junta Departamental de Treinta y Tres, después que un documento de la Junta de Transparencia y Ética Pública llegara a la conclusión de que quien fuera Intendente entre 2005 y 2010, se apartó “de las normas y principios imperantes en materia de conducta en la función pública” al autorizar la contratación.
La fiscal Nidia Morosini -quien pidió el procesamiento- , dictaminó que la contratación, por US$ 100.000, constituyó un acto delictivo en virtud de que el marido de la jerarca municipal que actuaba como asesor de la empresa constructora, también se había desempeñado en un cargo de confianza política al inicio de la administración de Amaral.
La oposición había citado al intendente Gerardo Amaral para que compareciera ante la Junta Departamental para dar explicaciones por dicho contrato. En esa ocasión, Amaral afirmó a los ediles que había tomado las medidas pertinentes para que la funcionaria casada con el asesor de la empresa contratada no participara en ninguna instancia de la licitación de las obras.
Amaral, de 60 años, es doctor especializado en Medicina Interna. En 1976, adhirió al Frente Amplio y desde 2005 se integró a la dirección del Partido Socialista.
- CONJUNCIÓN DEL INTERÉS PERSONAL Y EL PÚBLICO (ART. 161 C.P): El concepto de este delito está dado por el interés particular del funcionario cuando ejerce un acto de su función.
Se trata de un funcionario público que, por ejemplo, además de su cargo, es propietario de una empresa que contrata con la Administración en la que presta funciones. El agente se aprovecha de esa condición de funcionario para interesarse privadamente en los actos o contratos en que deba intervenir en razón de su cargo.
Manual de Etica y Función Pública SEGUNDA EDICION. 13/04/2009
La Responsabilidad Penal
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