Alejandro Astesiano es el jefe del Servicio de Seguridad Presidencial de Luis Lacalle Pou. Según el Sistema de Gestión de Seguridad Pública (SGSP) que carga los eventos de seguridad pública registrados por la Policía, Astesiano ha sido indagado por múltiples delitos: hurto, estafa, apropiación indebida y daño, entre otros, además de varias requisitorias que ordenó la Justicia para que lo detengan. según difundió ayer martes el Informativo Sarandí.
Los primeros registros de Astesiano en el SGSP son de 2003. Según fuentes policiales, si bien el sistema registra eventos desde 1998, no se cargaban todos, y el Observatorio Nacional sobre Violencia y Criminalidad del Ministerio del Interior plantea que hay registros fieles en el SGSP desde 2012.
La mayoría de las indagatorias del jefe de la custodia presidencial, que tiene 50 años, fueron en Montevideo. Pero también tiene indagatorias en Canelones, Maldonado y Colonia por estafa. En el SGSP no figura ningún antecedente judicial.
Presidencia de la República fue consultada al respecto, pero al momento de la publicación de esta nota no hubo respuesta.
Indagatorias
En setiembre de 2003 fue indagado por hurto, y en diciembre del mismo año, por apropiación indebida.
En julio de 2004 también fue indagado por apropiación indebida. En 2005 fue indagado otra vez por apropiación indebida y por otro delito: estafa.
En abril de 2007 figura una indagatoria por hurto. En noviembre tiene dos eventos policiales cargados del mismo día: uno asociado a un vehículo “recuperado” y otro por apropiación indebida.
En abril de 2009 fue investigado por estafa. En diciembre de 2011, por estafa, esta vez en Canelones. Ese mismo mes fue indagado por estafa en Colonia.
En 2012 tiene diez eventos policiales cargados en el SGSP: cuatro requisitorias, una averiguación de paradero, una constancia policial y cuatro indagatorias por delitos de daño (en agosto), apropiación indebida (en agosto) y dos estafas en Maldonado (en diciembre, con diferencia de una semana).
Las requisitorias son emitidas por la Policía a pedido de un juez para que una persona sea ubicada y detenida. En el SGSP figuran requisitorias del 9 de enero, dos del 27 de febrero y la cuarta el 7 de febrero. En mayo tuvo además una averiguación de paradero, que es un tipo de requisitoria que se usa con fines similares. Una vez detenida la persona se da cuenta a la Justicia, que da orden de cómo seguir. Antes la comunicación se hacía al juez, ahora se hace a la Fiscalía.
La constancia policial es una actuación que se hace para dejar registro de personas o vehículos, pero no genera una investigación. Se la hicieron en setiembre, en Canelones.
En 2013 volvió a ser indagado por estafa. En 2014 tiene otra constancia policial, esta vez de la Unidad de Delitos Complejos de la Dirección de Investigaciones de la Policía.
En julio de 2017 tiene una requisitoria de averiguación de paradero y en setiembre de 2018 tiene otra.
Impedimento de salir del país y requisitorias pendientes
En el SGSP figuran dos eventos asociados a impedimentos de salir del país o requisitorias pendientes. Ambos están vinculados a resoluciones judiciales, una de julio de 2017 y otra de setiembre de 2018. El SGSP divulgado por radio Sarandí tiene dos años, por ende podría haber novedades respecto al levantamiento de estas medidas.
Denuncias sobre subjefe y otro integrante de la custodia presidencial
Según informó Sarandí, el expolicía Jorge Luis Borges, uno de los subjefes de Astesiano, trabajaba en la Zona 4 del Área de Investigaciones de la Jefatura de Policía de Montevideo. Sarandí consignó que integró un grupo de policías que fueron indagados por extorsión, privación de libertad y coimas. Los policías que integraban ese grupo fueron procesados. Al estar de licencia en ese momento, sobre Borges no recayó ninguna sanción judicial, según la misma emisora. Plantearon también que si bien no tiene antecedentes judiciales, al igual que Astesiano tiene múltiples indagatorias cargadas en el SGSP.
En el informe se señala a otro policía que integra la custodia presidencial y que también trabajó en Zona 4, como Borges: Pablo Martín Valenzuela. Además de haber sido indagado varias veces por violencia doméstica, informaron que fue removido del equipo de Investigaciones luego de que se lo viera en una cámara de seguridad que registró una rapiña “guardando algo en sus bolsillos”. Consignaron también que otros policías fueron indagados por “haberse quedado con dinero del robo”.
Otro subjefe de la custodia denunciado y suspendido en mayo
Jorge Amaro, subjefe de la custodia presidencial, fue denunciado por una mujer por una presunta violación a la propiedad privada: habría ingresado sin autorización a un campo en Lavalleja a cazar. Una vez denunciado, se descubrió que el policía (actual comisario mayor en carrera para el pasaje al grado máximo de la Policía) debía estar en cuarentena por haber tenido contacto con una persona con covid-19.
En ese momento, Astesiano lo suspendió por 15 días en su función, aunque se desconoce el mecanismo aplicado para esta suspensión, si fue tras un sumario administrativo o una sanción. Estas medidas no implican un lapso de tiempo a término de 15 días, como se plantea, sino que duran hasta que se toma una resolución de la investigación, y si se suspende temporalmente se toman otras medidas, como la retención salarial. Las suspensiones por sumarios van de un mes a seis meses. En estos casos también puede darse licencia ordinaria o extraordinaria para alejar a la persona temporalmente de la tarea.
La notificación, con fecha 2 de mayo, detalla: “Por intermedio de la oficina del Servicio de Seguridad Presidencial, el jefe de Seguridad del señor presidente de la República, señor Alejandro Astesiano, dispone: que el subjefe del Servicio de Seguridad Presidencial, señor comisario mayor Jorge Daniel Amaro, es suspendido de sus tareas en el Servicio de Seguridad Presidencial a partir de la fecha por un lapso de 15 días corridos”. Explica que los motivos son “de pleno conocimiento público”.
Pedido de informes sin respuesta
En abril de 2020 el diputado del Frente Amplio Gerardo Núñez hizo un pedido de informes al Ministerio del Interior para consultar acerca del personal asignado al Servicio de Seguridad Presidencial.
Solicitó la nómina de funcionarios que se desempeñan en el Servicio de Seguridad Presidencial, indicando grado y procedencia o unidad de origen de los mismos y la nómina de funcionarios dependientes del Ministerio del Interior que fueran asignados a esta dependencia.
Núñez dijo a la diaria que no tuvo respuesta. “Mi pedido fue reiterado por la Cámara de Diputados y está vencido. Sin contestar”, informó.
El reglamento del Servicio de Seguridad Policial
El decreto 16/006 del año 2006 reglamenta el Servicio de Seguridad Presidencial. Es una dependencia de la Presidencia de la República subordinada a la Prosecretaría de la Presidencia. El Prosecretario es el encargado de coordinar todo lo referente a la seguridad del presidente de la República, su familia y de quienes se disponga. El asesoramiento y comando está a cargo del jefe de este servicio, es decir, de Astesiano.
Quienes forman parte del Servicio de Seguridad Presidencial son designados por el presidente y pueden ser civiles o policías. Según establece el decreto, deben “reunir en todos los casos las condiciones que se establezcan para el desempeño de esa función”.
Sobre el personal, establece que “debe dar fiel cumplimiento a la misión asignada con el máximo profesionalismo” y que “deberá estar rigurosamente acreditado para el desempeño de su función, así como para el porte y uso de armas, cuando corresponda”. Plantea también que deberá capacitarse y “cuidar el decoro de su vestimenta y actos, de acuerdo con la responsabilidad y discreción impuestos por su elevada misión”.
El jefe del Servicio de Seguridad Presidencial, o sea, Astesiano, tiene múltiples responsabilidades: administrar los recursos asignados a su dependencia; ser enlace directo con el Ministerio del Interior y la Policía; coordinar con los militares la seguridad perimetral y controlar el cumplimiento administrativo de las medidas que se toman.
También, según señala el decreto, es responsable de “adoptar las medidas necesarias para mantener la moral alta, buena salud y disciplina de todo el personal del Servicio”. También es responsable de integrar las misiones fuera del país o designar un representante en el lugar.
Para ejercer esta función, el jefe del Servicio de Seguridad Presidencial requiere “haber aprobado cursos nacionales o extranjeros sobre Protección a Personalidades, o efectuar su realización en forma inmediata a su designación”.
Fuente: La Diaria
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