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viernes, 26 de mayo de 2017

FAMILIA PEIRANO: TRAS 15 AÑOS LLEGO EL JUICIO DEFINITIVO SOBRE SUS MANIOBRAS FINANCIERAS QUE DEJARON MILES DE PERJUDICADOS Y VARIOS SUICIDIOS

Las maniobras de los hermanos Peirano Ba­sso implicaron el desvío de varios cientos de millones de dólares del Banco Montevideo a empresas del grupo familiar, lo que, en medio de una aguda crisis económica, llevó a que la institución no pudiera devolver los depósitos de sus clientes y debiera ser intervenida, dejando por el camino a miles de damnificados y varios suicidios.

Mientras Uruguay salía de una de sus peores crisis de la historia, comenzaba una batalla legal que duró años y que cerró una de sus etapas esta semana con la decisión de la Suprema Corte de Justicia de confirmar la condena contra tres integrantes de la familia Peirano.

José, Jorge y Dante Peirano fueron procesados en agosto de 2002 y estuvieron cerca de cinco años en prisión. Recuperaron su libertad en 2007, luego de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuestionara a Uruguay por el “excesivo” plazo de prisión preventiva (sin condena) que cumplieron.

Con los Peirano en libertad, el juicio continuó avanzando, pero en octubre de 2010 tuvo un giro inesperado: un Tribunal de Apelaciones clausuró el procesodespués de que el Parlamento derogara el artículo 76 de la ley 2.230, que preveía penas para quienes cometen fraudes en sociedades anónimas, y por el cual habían sido procesados los banqueros.

La decisión desató una controversia política, debido a que se atribuyó la derogación a la influencia del ex secretario de la Presidencia Gonzalo Fernández, quien junto a su esposa Cecilia Salom, eran codefensores del ex directivo del Banco Montevideo Juan Domingo Ratti.

No obstante, la fiscal del caso, Raquel González, presentó un recurso alegando que no podía clausurarse el proceso porque aún estaba pendiente la imputación del delito de “insolvencia societaria fraudulenta”. La Corte, por unanimidad, le dio la razón y el juicio se reanudó.

En junio de 2013, 11 años más tarde del procesamiento de los hermanos, la jueza Beatriz Larrieu los condenó a penas de 6 y 9 años de prisión. Sin embargo, como habían cumplido varios años de reclusión y ya estaban en libertad, no regresaron a la cárcel.

Aun así, la batalla legal continuó. La defensa de los Peirano apeló el fallo de condena, y en noviembre de 2014 un Tribunal de Apelaciones lo confirmó. Los hermanos insistieron y recurrieron la sentencia ante la Corte.

Finalmente, a 15 años de la crisis que hizo estragos en la economía del país, el máximo tribunal puso fin al prolongado juicio. En un fallo firmado el lunes 8 —al que accedió Búsqueda—, los ministros Ricardo Pérez Manrique, Eduardo Turell, Elena Martínez, Felipe Hounie y Jorge Chediak confirmaron por unanimidad la condena contra los banqueros.

La sentencia —redactada por Pérez Manrique, quien el martes 16 dejó su cargo en la Corte por llegar al límite de 70 años de edad—, desestimó el argumento de que durante el juicio se violaron “las garantías del debido proceso”, y rechazó el planteo de que existió una suerte de “complot” en contra de los hermanos.

El fallo también confirmó la condena contra el ex gerente general del Banco Montevideo, Marcelo Guadalupe.
Violación de los derechos humanos.

En el recurso de casación que presentó ante la Corte, la defensa de los hermanos Peirano alegó, entre otras cosas, que la sentencia de condena era violatoria de los derechos humanos, debido a que era “el producto final de un proceso judicial seguido en violación a los estándares internacionales en materia de juicio justo, principio de inocencia y plazo razonable de duración del proceso”.

La sentencia “adolece de nulidad absoluta e insanable, en tanto acto procesal que pone ‘fin’ a un proceso penal seguido en directa y franca contradicción con las normas internacionales vigentes en materia de derechos humanos”, sostuvieron.

Según los Peirano, hubo “violación del debido proceso” en “las sucesivas e infundadas negativas” ante los pedidos de libertad provisional; “violación del principio de igualdad” por la “discriminación legal de la que fueron objeto” con la sanción de una ley que los excluyó expresamente del derecho a beneficiarse de un régimen especial de libertad anticipada, y “violación al principio de congruencia” al ser acusados por la Fiscalía por un delito diferente al delito por el que fueron procesados.

También mencionaron la violación al “principio de legalidad y de la ley más benigna” por el fallo de la Corte que en 2011 revocó la clausura del juicio, y reclamaron por la “excesiva e injustificada prolongación del proceso por más de doce años”.
“Complot”.

A juicio de los ministros, los reclamos respecto a la extensión de la prisión preventiva sufrida y la duración del proceso “ya fueron expresamente considerados” al momento de concederles la libertad provisional en 2007. “Por lo tanto, los motivos de nulidad que ahora introducen los reos se encuentran laudados”, sostuvieron.

“Tampoco se advierte violación a las garantías del debido proceso y del principio de igualdad, pues los recurrentes tuvieron todas las oportunidades procesales que les concede la legislación procesal y sustancial para hacer efectivos sus derechos”, prosiguieron. “Que hayan sido condenados no significa que las garantías de rango legal y constitucional que los abrigan no hayan sido respetadas: el proceso se tramitó en forma legal, habiendo contado los recurrentes con las oportunidades procesales para ser oídos, para articular sus defensas, para proponer pruebas y recurrir, sin cortapisa alguna”.

Por otra parte, los ministros sostuvieron que la prolongada duración del juicio “no resulta injustificada, ni originada en la falta de diligencia de la sede de primera instancia, sino que se explica por las complejidades propias del asunto en debate, por la prueba, por la multiplicidad de acusados y por la propia actuación defensiva (lícita por cierto) de la parte acusada”.

“Las veinte piezas que conforman el expediente, con más de 6.000 fojas, hablan por sí solas del alcance y complejidad del debate”, añadieron. “No puede entonces la parte recurrente esgrimir omisiones al grado de calificarlas de ‘complot’, cuando las pretensas demoras son, en mayor medida, propias del sistema” procesal vigente.

Con este fallo se terminaron las instancias judiciales para tres de los hermanos Peirano, por lo que el juicio penal quedó concluido. Continúan, no obstante, los reclamos en la Justicia civil contra los banqueros por parte de los depositantes damnificados.

Por otra parte, aún permanece vigente el juicio penal contra Juan Peirano Basso, considerado el “cerebro” del grupo. Fue procesado por la jueza Graciela Gatti en 2008, luego de ser extraditado desde Estados Unidos, y en 2011 obtuvo la libertad provisional “por gracia” de la Corte, debido a la “desmesurada” extensión de la prisión preventiva cumplida.

Fuente: Búsqueda


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