Profesionales de diferentes áreas presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra la ley que creó el denominado Fondo de Solidaridad, en realidad un impuesto a los profesionales, al cual los egresados de la Universidad de la República aportan para financiar becas para estudiantes de bajos recursos y obras en locales univsersitarios. La mayor crítica que se le hace a este impuesto es que no paga más el que gana más, porque no diferencia en su aplicación por nivel de ingresos, pagan lo mismo los pocos profesionales que ganan mucho y a los cuales no los afecta, como los restantes que en ocasiones deben recurrir a ingresos de otros trabajos o préstamos de sus cajas profesionales, para poder pagarlo. En este año 2014 la suma a pagar es cercana a los 10.000 pesos. En el año 2006 consultamos al actual senador Astori, en ese entonces vicepresidente de la república y nos respondió que se hacía necesario transformalo en progresivo en relación los ingresos, pero como dice el refrán esas palabras se las llevó el viento.
La movilización para presentar este recurso se inició en enero a través de un grupo de Facebook denominado "Por la derogación del FDS", que hoy cuenta con más de 2.600 profesionales adheridos.
El recurso, presentado el viernes 8 ante la Suprema Corte de Justicia, va contra la ley 16.524 de julio de 1994 que creó el Fondo de Solidaridad y las modificaciones que se le hicieron a través de la ley 17.296 (presupuesto quinquenal de febrero de 2001), la ley 17.451 de enero de 2002.
Según el artículo 1° de esta última ley, el Fondo de Solidaridad lo pagan los egresados de la Universidad de la República y del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional, cuyos ingresos mensuales sean superiores a cuatro salarios mínimos nacionales ($ 35.840). Sin embargo, dicho monto fue modificado por la ley 17.856 de 2004 que cambió la utilización del salario mínimo nacional por las Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC), con lo cual quienes deben aportar deben tener ingresos mensuales superiores a cuatro BPC, hoy $ 11.276. Dicha contribución especial se debe pagar a partir de cumplido el quinto año de egreso, hasta completar veinticinco años de aportes o hasta que se efectivice el cese en la actividad laboral por jubilación.
Por su parte, a través del artículo 7° se modificó el adicional al Fondo de Solidaridad creado por la ley de presupuesto de 2001. Este adicional gravara a los egresados de la Universidad de la República cuyas carreras tengan una duración igual o superior a cinco años, y cuyos ingresos mensuales sean superiores a seis BPC ($ 16.914).
El recurso de inconstitucionalidad fue presentado en base a los artículos 7, 8, 72 y 332 de la Constitución.
El artículo 7 establece que "los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecen por razones de interés general".
El artículo 8 indica que "todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes".
"La enumeración de derechos, deberes y garantías hechas por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno", dice en tanto el artículo 72.
En el Parlamento el Partido Nacional ha planteado eliminar el pago del adicional al Fondo, que representa unos US$ 13 millones que la Universidad de la República destina a obras de infraestructura. El rector Rodrigo Arocena, que está llegando al final de su gestión, es partidario que se aporte en función de los ingresos de los profesionales obligados.
El Fondo de Solidaridad recaudó US$ 17, 7 millones este año y financió 6.890 becas, cada una por $ 5.200 mensuales.
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