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jueves, 31 de marzo de 2011

ARGENTINA: UNA INFIDELIDAD DE ALTO COSTO

Haber sido infiel le costará caro a un hombre argentino a quien la Justicia condenó a indemnizar a su ex mujer con 25.000 pesos en concepto de “daño moral”.


Lo ordenó la Sala K de la Cámara Civil, que además entendió que además de ser infiel, el hombre desatendió a su esposa cuando ella debió afrontar una intervención quirúrgica de útero.

El fallo de primera instancia había condenado al marido a pagarle a su ex esposa diez mil pesos, pero la Cámara consideró que ese dinero era exiguo en relación a los padecimientos a los que la sometió y elevó la suma a 25 mil.

El hombre abandonó la casa familiar en febrero de 2005 de un día para el otro sin dar explicaciones. “Se fue de su hogar sin siquiera explicitar que se alejaba causando la preocupación de toda la familia y principalmente de su esposa en los primeros tres días hasta que se conoció la verdad", explica el fallo firmado por los jueces Lidia Hernández y Oscar Ameal.

La "verdad" era que el hombre era infiel desde hacía un año, lo que fue probado por las declaraciones del hermano, la tía y la prima de la mujer y por videos y fotografías obtenidos por investigadores privados.

En este último aspecto, los jueces avalaron "distintos videos en los que se ve al demandado con otra mujer por la calle y entrando en un departamento juntos y en otra ocasión solo aquél abriendo la puerta con su propia llave".

"El esposo decía que iba a pescar los fines de semana con un amigo", pero su mujer "se enteró que no era cierto, empezó a dudar y lo hizo seguir con un detective", explica el texto.

En cuanto a la intervención quirúrgica, la resolución judicial indica que "que si bien la esposa le había solicitado que cuidara a sus hijos durante esa operación, el marido salió de vacaciones ausentándose durante ese trance, que más o menos serio, tuvo que padecer su cónyuge".

En su resolución, los jueces hicieron hincapié en que "no puede la falta de amor justificar por ejemplo el abandono del otro cónyuge" y aclara que "en todo caso podrá reflejarse en el conflicto que acredite una causal objetiva de divorcio".

Fuente: DyN

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