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martes, 15 de agosto de 2017

BRASIL : GOBIERNO DE DERECHA BORRA DE UN PLUMAZO CONQUISTAS LABORALES DE DECADAS.EN URUGUAY SUCEDERA LO MISMO SI GANA LA DERECHA EN 2019 ?

Brasil aprobó una ley laboral que flexibiliza las normas de contratación, las rescisiones de contratos, y determina la preeminencia de los acuerdos colectivos sobre la legislación. En la práctica es un retroceso de 150 años en las normas laborales. El presidente brasileño Michel Temer aspira con la nueva ley a que Brasil sea más competitivo y se facilite la contratación de personal en condiciones de algo parecido a la esclavitud.


¿Qué establece en detalle la ley?
1. Acuerdos por encima de la ley

La normativa brasileña establece, entre otras disposiciones, que las convenciones y acuerdos colectivos en las empresas prevalecerán sobre las disposiciones legales.
2. Vacaciones.

Si bien las vacaciones no se modifican en cantidad de días sí se permite fraccionarlas de diferentes maneras. A partir de la ley se podrán dividir hasta en tres veces y las pausas podrán modificarse con la condición de que sean de al menos 30 minutos.

3. Jornada de 12 horas.

Por otra parte, establece la posibilidad de una jornada de 12 horas de trabajo, con 36 horas ininterrumpidas de descanso.
4. Salario por hora.

Pero una de las medidas más polémicas, es que se permitirá pagar salarios sobre una base horaria o diaria, pero ya no mensual. El empleador convocará al empleado con un mínimo de tres días de antelación y le informará cuál será la jornada de trabajo. Fuera de ese período, el trabajador no estará a disposición de esa empresa.
5. Trabajador autónomo.

Por otro lado, la ley crea la figura del trabajador autónomo exclusivo, que podrá prestar servicios a un único empleador pero sin vínculo laboral permanente, y que la rescisión de contratos podrá ser por "mutuo acuerdo" entre empleador y empleado, ya sin necesidad de validación sindical.
6. Aporte sindical.

También indica que dejará de ser obligatorio el aporte sindical que hasta ahora equivalía a un día de salario al año. Pasará así a ser voluntario.

7. Mujeres embarazadas.

Además, la ley comprende a trabajadoras embarazadas. En trabajos insalubres en grado medio o mínimo, la mujer deberá presentar un certificado médico que proscriba su presencia en esos lugares.

8. Trabajo desde la casa.

Se reglamenta la posibilidad de trabajar desde la casa con el reembolso de los gastos en los que incurra el trabajador.

9. Despidos. La ley flexibiliza las condiciones de despido. El mismo podrá notificarse con 15 días de anticipación y no 30 como hasta ahora y la indemnización no queda atada al salario.

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