1°) Al respecto dice el director del hospital aludido, que no cayó en ningún sentido, ni violó ley anticorrupción.
No solo no existe decisión judicial que lo haya juzgado como violador de la ley de anticorrupción (Ley N° 17.060), sino que tampoco existe proceso pendiente, ni siquiera denuncia de tipo alguna en tal sentido.
Tampoco existe observación alguna del Tribunal de Cuentas al proceso licitatorio referido que se fundara en la ley anticorrupción. La Resolución del Tribunal de Cuentas se fundó en artículos del TOCAF cuyas fuentes son la ley N° 15.903, modificada por la ley N° 18.834, por lo tanto las normas del TOCAF que destacó la propia nota publicada no son normas de la ley de anticorrupción.
2°) Dice que al momento de presentar su renuncia al cargo de Director, no existía ninguna observación en relación a dicho cargo. Ni de parte del Tribunal de Cuentas, ni del contador delegado de dicho Tribunal que venía interviniendo en el asunto. Además la renuncia se presentó expresando motivos personales, todo lo cual emerge del correspondiente expediente.
3°) Asimismo, señala el ex director que no fue cesado por la Administración. El alejamiento de su cargo no se produjo por declaración de cesantía de la Administración, lo que era imposible que aconteciera dado que no existió hecho o acto que por precepto de la ley pudiera determinar la situación de desinvestidura por cesantía.
4°) Por otra parte, el Director aludido no pertenecía (ni pertenece) a la empresa adjudicataria de la referida licitación, o sea, SEMCO SA. Jamás fue dueño, ni socio accionista, ni tuvo participación alguna en las ganancias de dicha empresa. Tampoco tuvo vínculo de representación ni de gerencia. Ni siquiera fue (ni es) empleado formal de la SEMCO SA.
5°) En nota publicada el 20/02/2017 se afirmó que "El director del hospital debió renunciar luego de que el tribunal advirtiera que no podía vender servicios de ambulancias al mismo centro de salud que dirigía", "actividad que este desarrolló durante tres años", todo lo cual no es cierto.
La Resolución no advirtió ni observó que el director "vendiera servicios de ambulancias al mismo hospital que dirigía", menos que dicha actividad la viniera practicando durante 3 años.
6°) El Tribunal de Cuentas observó conforme considerando 2° de su Resolución- que desde el año 2002 SEMCO SA viene contratando a Emergencia Colonia Este SA para la cobertura de la asistencia de emergencia y traslados en ambulancia de personas e instituciones que SEMCO indique.
El Tribunal de Cuentas también observó conforme considerando 4° de su Resolución- que el director "reviste doble calidad de funcionario público y funcionario de la empresa Emergencia Colonia Este SA, quien le realiza servicios a la empresa adjudicataria (figura en la lista de médicos para traslados especializados) De ser así, el director del hospital debió excusarse de intervenir en el proceso de contratación".
Cabe asimismo informar que el Director del Hospital de Rosario, asumió tal cargo en dicha institución pública en el año 2011.
Por lo tanto, en aquel año 2002 (cuando la adjudicataria SEMCO SA comienza a contratar a Emergencia Colonia Este SA) el aludido Director del Hospital aún no se desempeñaba en tal cargo, tampoco ni siquiera era funcionario de Emergencia Colonia Este SA.
En efecto, en el año 2008 el mismo ingresó a la empresa Emergencia Colonia Este S.A., en calidad de funcionario o empleado, es decir, se desempeña como simple trabajador dependiente de la empresa Emergencia Colonia Este S.A. prestando un trabajo (que consiste en el de médico en traslados especializados de ambulancias) por el cual percibe un salario como contraprestación.
El ex director del referido hospital nunca perteneció ni pertenece a Emergencia Colonia Este SA como socio accionista o dueño, ni bajo concepto alguno participó de sus ganancias económicas. Es decir, no vendió servicios de ambulancias al hospital de Rosario.
7°) El origen de la contratación de SEMCO SA no se vincula con la gestión del aludido Director. En la nota de referencia se publicó que, "Todo empezó en 2013" a partir de la licitación y adjudicación a SEMCO SA en el 2013 (firmada también por el mismo Director del hospital), y que "de allí en más el centro continuó contratando a SEMCO".
Y si bien es cierto que en el 2013 y en adelante el Centro continuó contratando a SEMCO SA, también es cierto que SEMCO SA fue la única empresa (única oferente) que se presentó a las licitaciones de los años 2013 y 2016. Y que -en realidad- viene contratando con el Hospital de Rosario desde muchos años antes de que el director aludido se vinculara como tal al mismo.
8°) En virtud de cada una, y todas, las razones puntualizadas precedentemente, no se ajusta a la verdad afirmar que esta situación sea uno de "los varios casos (denunciados) de directores de hospitales que contratan con las instituciones de salud pública".
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El ex director aludido en nota de fecha 20/02/2017, titulada “Director de hospital de Rosario renuncia por venta irregular de ambulancias” -extraída de diferentes medios montevideanos y publicada luego en este portal-, solicitó la presente publicación, previa acción judicial ejercida al amparo de la Ley 16.099 (“Ley de prensa”) ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Rosario de 1° Turno. En consecuencia Diario Helvecia se ha servido conceder este derecho de réplica, publicando la respuesta en los siguientes términos.
1°) El (ex) director del Hospital de Rosario NO VENDIÓ AMBULANCIAS. Es erróneo el título de la nota que afirma lo contrario.
2°) Es errónea la información acerca de que el Tribunal de Cuentas advirtiese que no podía venderle servicios de ambulancias al mismo centro de salud que dirigía. Ello no fue lo advertido por el Tribunal de Cuentas.
3°) Sobre las observaciones del Tribunal de Cuentas respecto al cargo.
Si bien la nota no lo informa, la misma alude a las observaciones resueltas por el Tribunal de Cuentas con fecha 16/08/2016, respecto al proceso licitatorio para contratación de servicios de traslados especializados y comunes, en el cual se presentara un único oferente (la empresa SEMCO SA), resultando la adjudicación a la misma.
En relación al cargo de Director, lo que el Tribunal de Cuentas observó fue que “reviste doble calidad de funcionario público y funcionario de la empresa Emergencia Colonia Este SA, quien le realiza servicios a la empresa adjudicataria (figura en la lista de médicos para traslados especializados) De ser así, el director del hospital debió excusarse de intervenir en el proceso de contratación”.
Asimismo observó que desde el año 2002 SEMCO SA viene contratando a Emergencia Colonia Este SA para la cobertura de la asistencia de emergencia y traslados en ambulancia de personas e instituciones que SEMCO indique.
Cabe informar que en aquel año 2002 (cuando la adjudicataria SEMCO SA comienza a contratar a Emergencia Colonia Este SA) el aludido Director del Hospital aún no se desempeñaba en tal cargo (asumido recién en el año 2011), y ni siquiera era funcionario de Emergencia Colonia Este SA (ingresó en el año 2008).
4°) Sobre la actividad particular del (ex) Director del Hospital de Rosario.
El mismo se desempeña como simple trabajador dependiente de la empresa Emergencia Colonia Este S.A. prestando un trabajo (que consiste en el de médico en traslados especializados de ambulancias) por el cual percibe un salario como contraprestación.
El (ex) director del referido hospital no es dueño ni socio accionista, ni bajo concepto alguno participó de las ganancias económicas de Emergencia de Colonia Este SA ni de SEMCO SA. Es decir, JAMÁS VENDIÓ AMBULANCIAS NI SERVICIOS DE AMBULANCIAS AL HOSPITAL DE ROSARIO.
5°) Es errónea la fotografía de la fila de vehículos (ambulancias) que publicó la nota en cuestión.
La foto no tiene ninguna relación con la persona del ex Director aludido ni con su actividad privada.
6°) Es errónea la información de que “tuvo que renunciar a su cargo” después de que el Tribunal de Cuentas hiciera las advertencias.
El Director renunció voluntariamente a su cargo, y al momento de presentar su renuncia, no existía ninguna observación en relación al cargo de Director, ni de parte del Tribunal de Cuentas, ni del contador delegado de dicho Tribunal que venía interviniendo en el asunto. Además la renuncia se presentó expresando motivos personales, todo lo cual emerge del correspondiente expediente.
7°) Es falsa la información que refiere a una “resolución que informa su cese”.
No existe resolución alguna que informe su cese. El (ex) director no fue cesado en su cargo, no existiendo tampoco hecho o acto que por precepto de la ley pudiera determinar la situación de desinvestidura por cesantía.
8°) La noticia careció de actualidad al momento de su publicación.
La renuncia al cargo así como las advertencias del Tribunal de Cuentas a las que aludió (aunque con errores de fondo) la publicación de febrero del corriente año, acontecieron en el mes de agosto del pasado año 2016, o sea, la noticia publicada versó sobre hechos sucedidos 6 meses antes.-
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La nota original del diario El País que generó esta carta del médico aludido
Cae director de un hospital luego de violar la ley anticorrupción
Pertenecía a firma que vendía servicios de ambulancias para la institución.
El director del Hospital de Rosario debió renunciar a
su cargo luego de que el Tribunal de Cuentas advirtiera que no podía
vender servicios de ambulancias al mismo centro de salud que dirigía,
actividad que este desarrolló durante tres años. En la resolución en que
se anuncia su salida, la Administración de Servicios de Salud del
Estado (ASSE) le agradeció por los "valiosos servicios prestados".
Todo empezó en 2013 cuando el Centro Auxiliar de
Rosario hizo un llamado a licitación para empresas que se pudieran hacer
cargo de los traslados comunes y especializados. Según un documento de
septiembre de ese año, al que accedió El País, el entonces director del
centro adjudicó esta tarea a la empresa Semco S.A. (Servicio de
Emergencia Móvil de Colonia), que fue el único oferente. Allí se señala
que el "monto total de la adjudicación asciende a $ 2.343.000".
De allí en más, el centro continuó contratando a Semco.
En abril de 2016, ganó una licitación por $ 3.525.576. La adjudicación
también fue firmada por el exdirector del hospital.
Irregular.
En agosto de 2016, el Tribunal de Cuentas observó el
gasto por la violación de varios artículos del Texto Ordenado de
Contabilidad y Administración Financiera (Tocaf), entre ellos el 48, que
establece que los funcionarios públicos no pueden vender servicios al
organismo en que trabajan.
El texto advertía que el hasta ese entonces director
de la institución "reviste doble calidad de funcionario público y
funcionario de la empresa Emergencia Colonia del Este S.A., quien le
realiza servicios a la empresa adjudicataria (figura en la lista de
médicos para traslados especializados). De ser así, el director del
hospital debió excusarse de intervenir en el proceso de contratación".
Pero más allá de esto, la resolución del Tribunal de
Cuentas también advierte que "no se acredita la habilitación de la firma
Semco S.A. para traslados especializados por parte del Ministerio de
Salud Pública (MSP)".
Tanto la resolución del Tribunal de Cuentas como el
documento de ASSE que da cuenta de la renuncia del director del centro
en Rosario están fechados el 17 de agosto de 2016. En esta última,
firmada por la presidenta de ASSE, Susana Muñiz, se agradecen "los
valiosos servicios prestados" por el profesional, se lo excluye del
sueldo de director, pero se advierte que este seguirá cumpliendo
funciones "de acuerdo a su cargo presupuestal".
En octubre de 2016, finalmente, el nuevo director
del Hospital de Rosario resolvió dejar sin efecto el proceso licitatorio
por el cual se eligió a Semco el año pasado, al tiempo que autorizó la
contratación directa provisoria para el traslado en ambulancias comunes y
especializadas.
La cifra de lo que se gasta en contratos de
ambulancias por parte de ASSE, que administra 900 hospitales y
policlínicas en todo el país, crece año a año. En 2008 fueron US$
1.200.000, mientras que en 2015 este número trepó a $ 11.700.000, según
un pedido de informes que fue contestado al diputado nacionalista Martín
Lema, quien ha denunciado varios casos de directores de hospitales que
contratan con las instituciones de salud pública. Casos como el del
Hospital de Rosario se han dado también en Soriano, Treinta y Tres,
Bella Unión, donde la empresa que vende servicios pertenece a tres
directores de instituciones, dos del Pereira Rossell.
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