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jueves, 1 de diciembre de 2016

FISCAL GOMEZ: SI NO SE SANCIONA A NADIE DICEN QUE SOMOS BLANDOS Y SI SE SANCIONA CON PRISION QUE SOMOS DEMASIADO SEVEROS

 El fiscal en lo Penal Dr. Juan Gómez habló esta mañana en Informativo Sarandí sobre los procesamientos que el juez en lo penal Dr. Gustavo Irribaren Busso dictó luego de los incidentes del domingo en el Estadio Centenario. Gómez justificó la decisión del juez de procesar con prisión por receptación a 7 hinchas que estaban tomando refrescos y productos robados, algo que fue criticado en los últimos días por los abogados defensores de los procesados. El fiscal dijo que “no se pueden banalizar esas conductas por el hecho de que se trate de latas de refresco, hay que apreciar el contexto”.


“Alardear, recibir y utilizar esos bienes, no me parece una conducta que uno pueda centrar en decir si vale mucho o vale poco”, opinó acerca de que varios de ellos se sacaron fotografías con los productos robados y las subieron a las redes sociales.

Dijo que es similar a “si tuviéramos un comercio y presenciamos una rapiña y los rapiñeros nos dieran cosas para que podamos consumir”. Gómez dijo que “el mensaje debe ser que hay límites, que hay que respetar a las víctimas, a la gente que estaba trabajando. Sigo absolutamente convencido de que había que mandar ese mensaje. Era necesario manifestarle al resto de la sociedad que hay límites, se debe respetar, no podemos estar inmersos en situaciones tristes como estas”.

"Respeto mucho a los que opinan que no corresponde" el procesamiento con prisión, dijo el fiscal, pero se preguntó "qué se estaría diciendo si la fiscalía hubiera solicitado que los procesamientos fueran sin prisión".

"Si hubiera solicitado (los procesamientos sin prisión) me estarían matando porque fui benévolo", dijo.

"No me pareció creíble el arrepentimiento".

Ayer, Irribaren dictó el procesamiento con prisión de un hincha de Peñarol que ese día del clásico, que terminó suspendiéndose, arrojó desde la Tribuna Ámsterdam una garrafa de 13 kilos sobre un grupo de policías, hiriendo a uno de ellos y a uno de los perros del plantel K9. Se le tipificó un delito de homicidio muy especialmente agravado en grado de tentativa con un delito de receptación.

Respecto a este caso, Gómez contó que durante la declaración, el joven de 26 años y sin antecedentes penales, apodado “El Papo”, manifestó “arrepentimiento”. Pero aclaró que “a veces manifestar el arrepentimiento es creíble y otras veces menos. En este caso creo que intentó planear la situación en los términos más favorables a sus intereses. Personalmente no le creí, no me pareció creíble el arrepentimiento manifestado por ese joven, pero lo manifestó. Incluso en algún momento se quebró. Son situaciones humanas que uno tiene que acostumbrarse a juzgar con la máxima objetividad”, señaló el fiscal.

La pena mínima para el delito que se le tipificó al joven es de 5 años.

Si bien reconocidos penalistas a El País que con un buen abogado, "El Papo" estará en libertad en un año, Gómez dijo esta mañana que “uno no puede aventurar resultados, pero la pena mínima es de 5 años".

"Si alguien puede discutir que lanzar una garrafa contra funcionarios policiales con la capacidad de provocar un daño mayor, si alguien me discute que eso no es acto para dar muerte a personas, yo desaprendí todo lo que sé en temas de Derecho”.

“Es un acto de tal gravedad que no va a discusión, que el resultado que felizmente no ocurrió era que dos o tres personas perdieran la vida. Hablar de libertades en un año me parece un desatino”, concluyó.
Juez: "Apliqué la ley, no una medida ejemplarizante".

"El propósito (de los procesamientos con prisión) no es que sean ejemplarizantes, es aplicar la ley", dijo a El País el juez Gustavo Iribarren, quien procesó a los hinchas que se apoderaron de las bebidas robadas en la Ámsterdam. Si bien el juez admitió que los fallos "tienen consecuencias prácticas en la conducta de las personas", explicó que la prisión obedece a "la gravedad de los hechos (...) El delito de receptación es un desprendimiento del delito de rapiña. Es un encubrimiento de la rapiña, y si bien tiene una pena mínima de seis meses, la pena máxima es de diez años", señaló. Evaluó que cometieron el delito "en un marco de vandalismo y violencia generalizada, en el que se ufanaron y publicaron lo que hacían en las redes sociales". "Uno de ellos aparece abrazado a otro que mostraba un cuchillo", dijo el magistrado.

Además afirmó que a la hora de considerar la prisión preventiva se tendrá en cuenta "la situación personal" de los procesados: que son personas jóvenes, de entre 18 y 24 años, primarios y que confesaron.

Consultado sobre la "sana crítica" a la que hizo mención en el auto de procesamiento para aplicar la prisión, Iribarren explicó que es "un término jurídico" que se refiere al "criterio de valoración de la prueba que no ha de ser caprichoso o arbitrario". Consultado sobre por qué no se detuvo a los "pesos pesados", el juez dijo que hay una investigación en curso y respondió: "Entonces yo, teniendo delitos confesados, ¿no los proceso porque no agarraron a los más grandes?".

Además, se quejó de la "ezquizofrenia social" que lleva a decir que los jueces son blandos si no sancionan a nadie, y cuando se procesa con prisión se dice que son demasiado severos".



El fallo del juez Gustavo Iribarren por el que procesó con prisión a siete hinchas de Peñarol por delito de receptación, luego de haber subido fotos a redes sociales con productos que habían sido robados por otras personas en la tribuna Ámsterdam en la previa del partido de fútbol entre los clubes Nacional y Peñarol ,que no llegó a disputarse, es para abogados expertos en derecho penal "llamativo" y fue motivado por "la alarma social" que se generó.
El abogado penalista Gustavo Bordes dijo al diario El Observador que "cualquiera que lo mira de afuera interpreta que (fue por) la presión social y eso no debería suceder".

"¿Cómo puede ser que vayan a estar en prisión y en tantos otros casos se procese sin prisión? Deberían existir criterios bastante más concretos", sostuvo, y puso como ejemplo el caso de los empleados de una empresa que robaron mercadería con un valor de US$ 15 mil y no fueron a la cárcel.

Los imputados el martes por Iribarren son todos mayores de edad de entre 18 y 27 años, recibieron fundas de latas de refrescos y botellas de agua recién robadas, "con pleno conocimiento de que tales efectos eran producto de saqueo que venía de realizarse a los locales de comida", establece el auto de procesamiento al que accedió El Observador. 
"Analizando bajo la luz de las reglas de la sana crítica (...) permite acceder a los elementos de convicción suficiente para establecer la participación de los indagados en los hechos relacionados", establece el auto de procesamiento.

Consultado por El Observador, el abogado Juan Fagúndez opinó que la sentencia "responde a una situación de conmoción a la alarma pública. No es porque siete chiquilines se quedan con una lata...Una cosa es tirar una garrafa y otra es aprovecharte que todos metieron la mano", dijo.

Diego Moreira, defensor de oficio de dos de los procesados, dijo estar de acuerdo con la tipificación del delito pero no con la medida aplicada, especialmente porque se trata de personas que no tenían antecedentes y era la primera vez que pisaban un juzgado.

Moreira indicó a El Observador que no apelará sino que en aproximadamente dos semanas pedirá la excarcelación por tratarse de prisión preventina. 

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