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miércoles, 16 de septiembre de 2015

ALCALDES SUPLENTES: 35.000 DOLARES POR HABER TRABAJADO 5 MESES

2 de los que solicitaron el beneficio son María Cristina Olivera (Municipio B) y Álvaro Pedraja (Municipio D), subsidio que les fue aprobado esta semana por la Intendencia de Montevideo. Habría otro tercer ex alcalde suplente en la misma condición, informó al diario El País el director de Gestión Humana y Recursos Materiales de la comuna, Eduardo Brenta. Los alcaldes de Montevideo tienen un salario equivalente al de un director de División de la Intendencia ($ 101.838) y el subsidio que reciben después de dejar sus funciones es "el 85% del total de haberes del cargo en actividad". Como dio cuenta El País, la ex intendenta Ana Olivera aprobó en marzo el pago de un subsidio a los alcaldes que renunciaron para hacer campaña política para la elección municipal del pasado 10 de mayo. Según el artículo 10 de la Ley 19.272, para aspirar a la reelección deben renunciar a su cargo con tres meses de anticipación a las elecciones. Una vez que los alcaldes renunciaron para hacer campaña —cinco de ellos fueron reelectos—, ingresaron los sustitutos que estuvieron 5 meses al frente de los respectivos municipios. El cese definitivo de los suplentes fue el 10 de julio, cuando asumió la nueva administración municipal. Para acceder al subsidio, los ex alcaldes no pueden ocupar otro cargo en la administración pública o tener casual jubilatoria. La ex alcaldesa suplente María Elena Godoy (Municipio E), por ejemplo, no podrá acceder al subsidio por tener edad y aportes para jubilarse, informó Brenta. La ley. El pago de estos subsidios se encuentra establecido en el artículo 35 literal C numeral 2 de la ley 16.195, del 10 de julio de 1991. La norma establece textualmente que "los titulares de los referidos cargos que no hubieren configurado causal jubilatoria anticipada al momento de desvinculación de los mismos tendrán derecho a percibir durante un período equivalente al triple del que ocuparon aquéllos y hasta un máximo de un año a contar desde la fecha del cese en los mismos, un subsidio equivalente al 85% del total de haberes del cargo en actividad". Brenta, quien además fue edil, diputado y ministro de Trabajo, explicó que la ley contempla otros casos, como por ejemplo a los ministros y a los legisladores nacionales. "Si una persona ingresa como suplente de un diputado o senador durante cuatro meses, también accede a este subsidio durante un año. Lo mismo con el caso de los ministros. Antes, hace muchos años, el subsidio se daba por tres años", explicó el director de Gestión Humana de la Intendencia.

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