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martes, 7 de octubre de 2014

CALZADO: ANALISIS REALIZADOS A PRODUCTOS IMPORTADOS, REVELARON NIVELES ALTOS DE PLOMO Y CADMIO

Desde hace años funcionarios del Ministerio de Industria, Energía y Minería de Uruguay y fabricantes de calzado nacionales están preocupados por los materiales y la calidad de zapatos que se importan a Uruguay. Algunas muestras de estos productos fueron analizadas en el Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) y los resultados revelaron la presencia de materiales tóxicos (plomo y cadmio) en cantidades peligrosas para los humanos.



Fuentes del gobierno informaron al diario El País que esto se dio en calzado importado de bajo costo para niños y adultos, en especial de origen chino.

Agregaron que también se hallaron niveles de plomo y cadmio en cantidades peligrosas en calzado de trabajo importado desde Brasil y que en zapatos de las marcas más reconocidas los exámenes no encontraron materiales tóxicos por encima de la permitido.

Tras estos resultados, en el ámbito del Poder Ejecutivo y con consultas a empresarios del sector, se redactó un proyecto de decreto que impide la importación, fabricación y venta de zapatos para niños con más de 100 ppm (partes por millón) de plomo y cadmio debido al riesgo para la salud que tienen.

Por la misma razón, el texto también prevé que el calzado para adultos que tenga más de 100 ppm de plomo y cadmio deberá estar debidamente señalizado con una etiqueta, para que el consumidor conozca esta información al momento de definir si lo compra.

De comenzar a regir este decreto, el incumplimiento de las obligaciones previstas para los importadores y fabricantes será sancionado.

El decreto está a estudio del Ministerio de Economía y Finanzas, que si le da su visto bueno sería aprobado por la Presidencia y los ministros y entraría en vigencia.

De enero a agosto se importaron 11 millones de pares de zapatos, según cifras que maneja el Gobierno y los empresarios del sector.
Normativa.

El artículo uno del proyecto decreto al que tuvo acceso El País expresa que "se prohíbe la fabricación, importación o comercialización de calzado para niños, que contengan un nivel de plomo o cadmio, mayor a 100 ppm (partes por millón)" y define el calzado para niños a "aquel que es diseñado o destinado al uso de niños o niñas menores a los 12 años".

El decreto prevé que las empresas importadoras de calzado para niños deberán acompañar la solicitud de las licencias de importación con una declaración jurada del importador del calzado, en la que conste que el contenido de plomo y cadmio del calzado importado es menor a 100 ppm.

En tanto, las empresas fabricantes de calzado para niños para vender en plaza deberán presentar ante la Dirección Nacional de Industria (DNI) una declaración jurada que indique que el contenido de plomo o cadmio del calzado a comercializar, es menor a 100 ppm.

Para controlar la veracidad de las declaraciones juradas, la DNI determinará al momento de su presentación un nivel de muestreo para cada fabricante o importador.

En caso de que el LATU constate un nivel de plomo o cadmio superior al permitido, lo comunicará a la DNI, la que conferirá vista de dicho informe al interesado por un plazo perentorio de 10 días hábiles para presentar los descargos que considere del caso.

Evacuada la vista o vencido el plazo, dictará resolución definitiva pudiendo disponer el retiro del mercado del calzado en infracción, designando depositarlo a costa del importador o fabricante nacional y dando publicidad a la resolución correspondiente.

En el caso del calzado para adultos, cuando contenga cantidades de plomo o cadmio mayores a 100 ppm, "deberá contener una etiqueta en un lugar visible, rectangular de color rojo, de 2 centímetros de alto por 4 centímetros de largo, que indique en idioma español y en letras negras, de una altura no menor a 2 milímetros, que el producto Contiene Plomo o Cadmio".
Plazos previstos

El proyecto de decreto -que está a estudio del Ministerio de Economía- prevé un plazo de 180 días desde la entrada en vigencia del texto para que los importadores y fabricantes lo cumplan, y de 365 días al comercio minorista (mercadería en stock).

“Resulta conveniente controlar el contenido de plomo y cadmio, principalmente en el calzado para uso infantil, así como brindar información a la población acerca del eventual contenido de estas sustancias perjudiciales a la salud en el calzado”, dice el texto.


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