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miércoles, 25 de mayo de 2011

VEHICULOS AUTOMOTORES: ASEGURATE QUE ES LO QUE DEBES HACER

Corresponde asesorarse con un Escribano cuando se compra un vehículo ? Sí, es necesario recurrir a nuestro Escribano de confianza a estos efectos. Suele suceder que en la ansiedad por pagar y disfrutar cuanto antes del vehículo, dejamos para más adelante hacer el título, desconociendo las consecuencias de esta omisión. Incluso, existe la creencia equivocada, que cuando se adquiere un vehículo 0 km. no se requiere el título. Informémosnos, para luego no sufrir las consecuencias de no hacerlo


También se produce el caso de quienes consultan al Escribano por eventuales prendas o embargos del vehículo y cuando se les informa que está bien, lo pagan y no regresan a la escribanía para efectivizar la titulación.

¿Qué importancia tiene para el vendedor que el comprador haga el título del vehículo que le compra?

Si quien compra un auto no hace el título a su favor, el bien sigue estando en el patrimonio del vendedor y si por ejemplo, el vehículo participa en un accidente, es al propietario (vendedor) a quien van a reclamar los daños causados por ese accidente y sobre el recaerán las responsabilidades civiles y penales.

Por ello, resulta de suma importancia que el vendedor exija a quien compra, que haga el título de propiedad, para que el bien no siga estando en su patrimonio y pueda liberarse de responsabilidades que pudiera enfrentar por futuras acciones de quien hoy compra.

¿Qué importancia tiene para el comprador hacer el título y tener el vehículo a su nombre?

Cuando el comprador decide hacer el título en el preciso momento que adquiere el vehículo, el Escribano gestiona la información registral y asegura que en ese momento quien vende no tiene un embargo genérico y/o que el vehículo no tiene una prenda o embargo específico.

Pero si se paga el precio y se dilata la titulación puede que le ingrese un embargo al vendedor o al bien y ese auto queda afectado por el embargo, generando una pérdida para la persona que realizó la inversión en la compra. Con el título automotor, el bien queda fuera del alcance de los acreedores del vendedor.

¿Es muy costoso hacer el título?

Los gastos (tasas, impuestos y honorarios profesionales) son proporcionales al precio del vehículo y se transforman también en una inversión que garantiza los derechos y asegura el patrimonio del comprador.

Por ejemplo, si el vehículo tiene un accidente, la compañía aseguradora le va a pagar a quien acredite ser el propietario del bien, siendo éste quien tenga el vehículo titulado a su nombre.

¿La situación es la misma cuando adquiero una moto?

Lo mismo sucede con las motos.

Si salimos un poco del tema del embargo, que tampoco le es ajeno, es común que dos personas concurran a la Intendencia Departamental solicitando la transferencia de la moto de uno a favor del otro, sin documentar la “compraventa” realizada.

En este caso, además de las mismas consecuencias mencionadas que para los automotores, es común que no se abone todo el precio, sino que quede un saldo a pagar y cuando el comprador no cumple con dicho pago resulta difícil recuperar el dinero, en razón que ya se ha hecho la transferencia y no se documentó debidamente la deuda.

Por estos motivos, se necesita recurrir a nuestro Escribano de confianza, ya que éste realiza una labor preventiva, extendiendo un contrato que protege a ambas partes, gestionando, estudiando y controlando información registral y diversa documentación a efectos que ambas partes se sientan seguras en el negocio que piensan realizar con la plena protección de los derechos que están implícitos en el mismo.

http://www.youtube.com/watch?v=t1D5j5_YBRE

Fuente:AEU

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