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viernes, 2 de junio de 2017

SCJ: ES ABSURDA Y TEMERARIA LA RESOLUCION DE TRIBUNAL DE APELACIONES DE FAMILIA QUE ABSOLVIO AL ASESINO DE C. WEISSELL

De "absurda y temeraria" calificó la Suprema Corte de Justicia la decisión del tribunal de Apleaciones de Familia que liberó a un homicida menor de edad, imputado del crimen de la joven Camila Weissell, quien murió acribillada de ocho balazos en Maldonado en julio de 2015. La SCJ compartió la posición de la fiscal Dra. Nancy Hagopian, que calificó de "arbitrario e ilógico" el procedimiento efectuado por el Tribunal de Apelaciones de Familia.


Camila recibió ocho de los veintisiete disparos efectuados por "el Junior", en una emboscada registrada en una calle del barrio Biarritz. La joven iba sentada en la falda de su primo de espaldas al parabrisas de la camioneta conducida por su novio. La lluvia de balas impactó en la espalda de Camila, quien murió de inmediato. El caso conmovió a todo el departamento.

El juez Marcelo Souto, en el fallo inicial, responsabilizó entonces al "Junior" como autor de "una infracción gravísima a la ley penal" calificada como homicidio especialmente agravado. El magistrado le impuso al menor, que entonces tenía 16 años, una pena de tres años y seis meses en un establecimiento del INAU. Pero un recurso de apelación ante un tribunal de Familia derivó en la absolución del adolescente.

En efecto, el abogado defensor del "Junior" recurrió la sentencia, por lo que el caso pasó a la órbita del Tribunal de Apelaciones de Familia, que en junio del año pasado revocó la resolución del juez Souto y dio por clausurado el proceso.

La fiscal Hagopian llegó hasta la SCJ y los ministros entendieron que el planteo era "de recibo".

En el fallo definitivo, la Suprema Corte tildó de "absurda y temeraria" la posición del tribunal de Familia que no existía prueba alguna de la presencia del acusado en el lugar del incidente. La Corte destacó el testimonio de dos testigos quienes escucharon la confesión del asesino al día siguiente de ocurrido el homicidio.

Para los ministros de la SCJ, el tribunal de apelaciones de Familia "desarrolló un razonamiento probatorio arbitrario e ilógico", que "se apartó ostensiblemente del sistema legal".

"El magistrado de primera instancia (Marcelo Souto) dedicó doce carillas a fundar pormenorizada y claramente los hechos y medios probatorios que explican el móvil que tenía el encausado para ejecutar lo que devino en el homicidio de Camila Weissell, mientras que (el tribunal de apelaciones de Familia) pretende desvirtuar tal argumentación con cinco lineas sin mayor eficacia convictiva", añadió el fallo, al que tuvo acceso El País.

El pasado 8 de mayo los ministros de la SCJ anularon la resolución del tribunal de apelaciones por lo que quedó firme el fallo inicial de Souto, que en 2015 había condenado al menor a tres años y seis meses en un centro de reclusión del INAU. A esta pena deberán descontarse ocho meses que ya cumplió a partir de septiembre de 2015, con lo cual el homicida recuperará la libertad a más tardar en marzo de 2020, cuando cumpla 21 años.

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