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miércoles, 17 de abril de 2019

R. RONZONI: LAS MENTIRAS EN EL CASO DE N. SABALSAGARAY

Algunas personas nacen con la virtud de reproducir cualquier melodía aunque la hayan escuchado solo una vez. Poseen oído absoluto, una memoria auditiva privilegiada cuya definición corriente es tocar de oído. En lenguaje popular, tocar de oído no se limita a la música. Se usa como sarcasmo para señalar a quien abusa de la ignorancia de terceros y miente con mala fe para respaldar, como en este caso, a camaradas que violaron los derechos humanos. Que mienta Juan de los Palotes no sorprende. Asusta que lo haga el ex comandante del Ejército y precandidato presidencial, General Guido Manini Ríos, porque conoce los hechos de primera mano.


Aunque quedó su rastro encubridor en las atrocidades que surgieron del Tribunal de Honor es necesario volver a alguno de los testimonios que le envió al presidente Tabaré Vázquez, que son desmentidos de plano por archivos públicos y privados.
En una sociedad de hombres libres esta no es una cuestión de izquierdas o derechas, de liberalismo o conservadurismo, ni de filiaciones partidarias. La cuestión es solo la verdad.

Por eso vale volver a su imputación a jueces y fiscales que consideró corruptos por condenar a violadores de los derechos humanos. El miércoles pasado durante el lanzamiento de su candidatura y en una entrevista con Búsqueda de Sergio Israel y Juan Pablo Mosteiro, insistió.

Buscó defenderse. Argumentó que sus difamaciones no fueron contra el Poder Judicial sino sobre nueve condenas en las que según él los magistrados actuaron por “venganza”.
Hay que desasnarlo: cada juez es el Poder Judicial, porque decide con independencia de presiones externas o internas. En consecuencia, atacó al Poder Judicial en cada uno de los jueces que según él sentenciaron por venganza.

Profundizar aquí sobre los nueve casos es imposible. Tomemos el del general Miguel Dalmao por ser el primer militar en actividad condenado como coautor del homicidio de la profesora de 24 años, Nibia Sabalsagaray, militante comunista, torturada hasta la muerte.
Manini le escribió a Vázquez: “Otro caso fue el del Gral. Miguel Dalmao, procesado con prisión (y muerto en ella) como coautor del asesinato de la militante comunista Nibia Sabalsagaray en 1974. Dalmao, que entonces era un alférez recién egresado de la Escuela Militar, fue procesado porque alguien dijo que un soldado de guardia le comentó: ´Al Cabezón Dalmao se le fue la mano´.

No hubo ningún otro elemento que lo relacionara con la muerte de Sabalsagaray. Sí hubo declaraciones de gobernantes, como el presidente de la República José Mujica, en sentido contrario”.
Apuesta a que casi nadie leyó –por haraganería o conveniencia- los abundantes documentos que sepultan esas 87 palabras.

Veamos la realidad:

Intervinieron dos jueces penales, tres ministros de un Tribunal de Apelaciones, tres fiscales penales (Mirtha Guianze, Carlos Negro y María de los Ángeles Camiño), cinco magistrados de la Suprema Corte de Justicia y cinco peritos. Para Manini, trece “vengadores”.

Quedó claro que el de Sabalsagaray fue un homicidio al que Dalmao y el gobierno militar pretendieron hacer pasar como un suicidio por ahorcamiento con un certificado del médico militar José Mautone, encubridor de ese y de otros casos.

El juez Rolando Vomero lo procesó el 8 de noviembre de 2010. Un año antes, la Suprema Corte de Justicia (Sentencia Nº 365) por unanimidad había declarado inconstitucionales los artículos 1, 3 y 4 de la ley de caducidad.

En 2011 el tribunal de 3er. turno confirmó el procesamiento: “Puede sostenerse razonablemente que el encausado Dalmao (…) cumpliendo con la misión que de suyo le correspondía cual era la de interrogatorio de los detenidos en la lucha contra la subversión, interrogó a Sabalsagaray y se sirvió de la violencia para obtener la información que requería, sobreviniendo la muerte de la referida en tales circunstancias”. La sentencia la redactó Bernadette Minvielle, hoy ministra de la Corte.
En 2013, la jueza Dolores Sánchez lo condenó a 28 años de prisión como coautor de un homicidio especialmente agravado. No murió procesado, como afirma Manini, sino condenado. (1)

Dalmao era recién egresado de la Escuela Militar, pero, como remarca el tribunal para refutar ese argumento exculpatorio, era el responsable del S2 (inteligencia militar, única dependencia habilitada para interrogar) del Batallón de Transmisiones Nº1, donde murió Sabalsagaray.
Con Dalmao también fue condenado por el mismo delito el jefe de esa unidad, coronel José Chialanza, que respaldó a Dalmao y la tesis del suicidio.

Es falso que haya sido imputado solo por los dichos de un soldado de guardia. Abundaron testigos e informes de los psicólogos Gastón Trucelli, Rita de Piaza y Beatriz López, de los médicos forenses Hugo Rodríguez y Domingo Mederos y del catedrático Julio Arzuaga. (2)

Según documentos del Servicio de Información de Defensa a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente, un examen médico evidenció que no había signos de ahorcamiento y que las marcas del cuello fueron producidas después de la muerte. La muerte se debió a un golpe en la nuca que no dejó rastros externos, o asfixia y paro cardíaco debido a la aplicación del llamado submarino seco. (3)

En 1975 intervino la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Aunque el gobierno se negó a suministrarle el protocolo de autopsia dijo: “Todo hace presumir que la causa de la muerte de la señorita Nibia Zabalza Garay (sic), quien había sido detenida por las autoridades y murió diez horas después de su detención, cuando se encontraba bajo custodia de las autoridades, fue consecuencia de los actos de violencia de que fue objeto durante su detención”. Y remarca: “No fue suicidio por ahorcadura”. (4)

De las 87 palabras del informe de Manini solo es verdad el respaldo cómplice de Mujica y del entonces ministro Eleuterio Fernández Huidobro, el que Manini no cita.
Mientras desempeñó la presidencia, Mujica visitó a Dalmao en dos ocasiones y luego afirmó: “Se comió un garrón pero está preso”.

El procesamiento, las sentencias del Tribunal de Apelaciones y la definitiva de condena surgen del expediente Ficha IUE 97-397/204 del Juzgado Penal de 10º turno iniciado por la denuncia de la hermana de la fallecida, Blanca Stella Sabalsagary Curuchet.

Raúl Ronzoni - Búsqueda



1) Reseña de hechos, testigos y peritos en Criminales páginas 93 a 123, Ed. Fin de Siglo, 2011.

2) Informaciones del Servicio de Información de Defensa ex Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz.

3) Caso Nº 1.870 de la CIDH de 1978 y archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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