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miércoles, 10 de julio de 2013

CONSUMIDORES: UNA MEDIDA POSITIVA

El proyecto de Rendición de Cuentas del Estado, presentado por el gobierno de Uruguay, introdujo varios cambios a la ley de relaciones de consumo que responden a reclamos recurrentes que se han presentado ante el Área de Defensa del Consumidor.


Las modificaciones más importantes están contenidas en los artículos 134, 135 y 136 del texto que remitido por el Poder Ejecutivo al Parlamento, que hacen agregados a la ley 17.250 de defensa del consumidor.

El artículo 136 añade a las 'cláusulas abusivas' aquellas 'que establezcan la renovación automática de contratos sin que habilite al consumidor a desvincularse del mismo sin responsabilidad". En esos casos "el consumidor podrá, dentro de los 60 días corridos contados desde la fecha en que se produjo la renovación automática, rescindir o resolver el contrato, debiendo comunicarlo al proveedor con un preaviso de 15 días corridos'.

Otro de los cambios es que los proveedores deban mantener un stock de repuestos mientras los productos vendidos se mantengan en garantía. El artículo 134 de la Rendición agrega que, cesada la producción o importación de un producto,

'la oferta de componentes y repuestos deberá ser mantenida por un período razonable o por el que disponga expresamente la reglamentación' y que 'el proveedor obligado por la garantía deberá disponer, durante su vigencia, de componentes y repuestos'.

En tanto, en el artículo 135 el Ejecutivo propone que sea considerada también una práctica abusiva 'condicionar el suministro de productos o servicios al suministro de otro producto o servicio, así como a límites cuantitativos, sin justa causa'.

El ejemplo más claro es cuando se contrata un servicio de Internet y se exige que el consumidor tenga contratado un servicio de telefonía fija.

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