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jueves, 6 de septiembre de 2018

INTENDENCIA DE MONTEVIDEO: TERMINEMOS CON LA ESPECULACION INMOBILIARIA

La Junta Departamental de Montevideo aprobó este miércoles dentro del presupuesto departamental un aumento del 100% (el doble) de la contribución inmobiliaria para aquellas viviendas de la zona urbana y suburbana que se encuentren deshabitadas en forma permanente durante un período de al menos un año. La disposición, que se aprobó con los votos del Frente Amplio, comenzará a regir a partir del 1° de enero de 2019. El artículo de la norma presupuestal estableció que se entenderá como ncas deshabitadas, “aquellas que por el lapso de un año civil sus consumos de energía eléctrica y/o agua sean inferiores en un 90% al promedio histórico del consumo para dicha fecha”.


El texto aclaró que el promedio histórico se tomará en base al consumo de los cinco años civiles anteriores de consumo para la nca. El artículo también se considerará nca abandonada “aquellas que por el lapso de un año civil no registren consumo o solo les corresponda abonar los cargos jos por los citados servicios, en el año civil previo a la exigibilidad del adicional”.

En el caso de que se trate de un padrón común o una unidad de propiedad horizontal con medidor individual de suministro de energía eléctrica y de agua potable, “será necesario que el consumo registrado de ambos sea inferior a un 98% al promedio histórico del consumo de dicha nca”. En el caso de contar con un medidor individual para uno solo de los dos servicios, será suciente con que el consumo de este sea inferior en un 98% al promedio histórico.

En su exposición, el edil nacionalista Javier Barrios Bove explicó que no apoyaba el artículo por considerar que “no va en el sentido de la normativa nacional, que se está trabajando en el Parlamento, el cual habla de dos años y no de uno”.  Indicó además que “existen dudas sobre la constitucionalidad”.

Por su parte, la edila socialista Cristina Fynn manifestó que un adicional similar a la contribución inmobiliaria ya se había aprobado en 2016. La diferencia del articulado actual es el promedio de consumo que se toma para las viviendas de propiedad horizontal. La edila sostuvo que la disposición “no es inconstitucional y que además tiene que ver con la obligatoriedad que tiene el propietario referente a sus inmuebles”.  Agregó que con esta medida se busca “poner en el mercado un stock habitacional que está en desuso, sujeto a generar una especulación nanciera del mercado”.



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