Amado dijo: “la Constitución no es una cosa estática y tiene que ir adaptándose a los cambios sociales”. “Como batllistas nunca le vamos a rehuir al debate”, señaló agregando que ven como “positiva” una Reforma de la Constitución siempre que “le sirva a la gente” y no “a un partido que quiere mantenerse en el poder”..
El líder Batllistas Orejanos recordó que “el Partico Colorado ha sido padre de todas las reformas constitucionales de la historia del Uruguay”, por lo cual esta vez no debe oponerse al planteo del oficialismo, más allá de diferencias en modificaciones concretas. También destacó que es importante que la misma se realice “a través de la asamblea constituyente; otro camino sería tomar un atajo”, indicó a radio Uruguay. Según manifestó, ante una reforma la ciudadanía debe elegir a quiénes otorgarle la responsabilidad de realizar las modificaciones que sean necesarias.
Cabe recordar que algunos puntos de la evental reforma que propone el FA son: Modernizar el derecho de propiedad, mejorar el sistema de selección de magistrados en la Justicia y redefinir el veto presidencial. Estos son algunos puntos de acuerdo que aparecen en el documento de reforma constitucional que aprobó el Plenario del Frente Amplio. La primera Asamblea Nacional del sector del partido colorado Batllistas Orejanos se realizó ayer en el Platense Patín Club, a poco más de 90 días de la creación del grupo.
Proyecto para regular encuestadoras
También se conoció un proyecto de ley en el que Amado propone penalizar con cárcel a las encuestadoras que difundan sondeos de opinión pública, sin haber realizado los relevamientos correspondientes. El proyecto de artículo único establece: “castigase con tres meses de prisión a 2 años de penitenciaría a quién manifestase haber realizado un estudio profesional de opinión pública -encuesta-, sin haber realizado actos materiales y profesionales alguno para obtener la medición de la opinión pública”.
La iniciativa también castiga a quienes contratan una encuesta de opinión pública a sabiendas que no se realizaron los trabajos de campo correspondientes. Además, “castigase con la misma pena a aquellos que paguen o soliciten informes de opinión pública a sabiendas que el mismo no es efectivamente realizado”.
“No se encuentran comprendidos en el tipo penal aquellos realizados por medios masivos de comunicación o a través de herramientas informáticas siempre que se establezca expresamente que su resultado no es un estudio profesional de opinión pública”.
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