Todos los planteos de la compañía fueron desestimados por el tribunal, y en las conclusiones cita casos de distintas partes del mundo donde se hizo valer el principio de "policía del Estado", que fue un punto fundamental para la victoria de Uruguay en el diferendo.
"La doctrina del poder de la policía se ha aplicado en varios casos a fin de desestimar reclamos contra medidas regulatorias diseñadas específicamente para proteger la salud pública. Ya en 1903, al desestimar un reclamo por daños, la Comisión de Reclamos del Caso Bischoff estableció que: 'ciertamente, durante la epidemia de una enfermedad infecciosa, no puede haber responsabilidad por ejercicio razonable del poder de policía'", cita el fallo.
La lección tras el fallo del juicio con Philip Morris
El contundente fallo
del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a
Inversiones (Ciadi) sobre el arbitraje de la tacabalera Philip Morris
contra el Estado uruguayo desestima cada uno de los reclamos de esa
compañía internacional con distintos argumentos, pero destaca uno de
fondo que permitió al gobierno de Tabaré Vázquez celebrar una victoria
histórica.
Según insiste el fallo de forma
clara y reiterada, Uruguay sale vencedor del diferendo porque ejerció el
principio "válido" del poder de "policía del Estado" para proteger la
salud de la población, incluso por encima de intereses económicos y
pérdidas comprobadas que deriven de esas decisiones en el privado.
Ello,
además del precedente que de por sí generaba la noticia a nivel
mundial, provoca un antecedente claro sobre la prevalencia del cuidado
de la salud por sobre los intereses comerciales de las empresas.
"A
Uruguay le asiste el derecho de ejercer su poder soberano inherente de
proteger la salud pública sin incurrir en responsabilidad en términos
generales", agrega.
Los jueces
del Ciadi citan en su sentencia legislación internacional establecida
en 1987 por la cual se avala esa doctrina: "Un Estado no es responsable
de la pérdida de una propiedad u otra desventaja económica que resulte
de gravámenes impositivos generales, regulaciones, confiscación penal u
otra acción similar de buena fe comúnmente aceptada dentro del poder de
policía de los Estados, mientras no sea discriminatoria".
Si
bien en su planteo no cuestionó los objetivos del país en preservar la
salud de la población, ni tampoco negó los perjuicios que tiene para la
salud el tabaco, dijo que esas medidas habían perjudicado a sus marcas y
reducido sus ingresos.
Philip Morris intentó
establecer que Uruguay le "expropió" varias de sus marcas de cigarrillos
que vendía en el mercado local hasta el establecimiento de las
disposiciones restrictivas de comercio y publicidad.
Entre
otras, el gobierno uruguayo impidió a las tabacaleras ofrecer al
mercado cigarros del tipo "suave" o contenidos bajos de alquitrán y
otros productos nocivos, como forma de captar fumadores o distorsionar
la percepción de daños.
También limitó el
espacio en las cajillas para mostrar sus marcas, para colocar allí
pictogramas alusivos al daño causado por el tabaco .
La
compañía aseguró que con esas disposiciones tuvo que sacar de
circulación varias de sus marcas, con lo cual perdió el valor y la
plusvalía de ellas.
Dijo en el juicio que
registró una caída en sus ventas, y recordó incluso que tuvo que retirar
su producción en Uruguay para luego importar el producto desde
Argentina.
Tanto en ese como en todos los puntos cuestionados por la demandante, el tribunal del Ciadi fue contundente a favor de Uruguay.
El
ejercicio de policía del Estado aplicado de forma "razonable" y "de
buena fe" en cuestiones tales como "el mantenimiento del orden público,
la salud o la moralidad, excluye la indemnización, aún si causa un
perjuicio económico a un inversor", dice el fallo. Y agrega:
"Las
medidas adoptadas con ese fin no se deberían considerar expropiatorias;
no halló un reconocimiento inmediato en las decisiones sobre tratados
de inversión".
Vázquez no dejó que le hagan sombra
La
sentencia favorable a Uruguay tuvo nombre y apellido: Tabaré Vázquez.
El presidente de la República se anotó una victoria histórica por haber
sido el defensor de las políticas de salud antitabaco, incluso cuando
había dudas y miedos desde la izquierda.
Y
el mandatario lo sabe. Por eso eligió no solo ser el portador de la
noticia el pasado viernes 8 de julio, sino que además dio una orden al
resto de su plantel de gobierno: el único vocero es el presidente.
Ese
viernes 8 se sabía de alguna forma que Uruguay había tenido éxito en el
arbitraje internacional de Philip Morris, pero fue Vázquez quien
confirmó la noticia y sus detalles. Y lo hizo en cadena nacional de
radio y televisión, algo reservado para las cosas importantes.
Esa
cadena, que lo mostraba detrás de un mostrador junto a una bandera
uruguaya, se repitió en dos horarios ese viernes: 17 y 20 horas.
Según pudo saber El Observador, el presidente dio la orden expresa de que él sería el único vocero del tema.
Por
lo tanto, nadie, ni siquiera los involucrados en el arbitraje por la
parte uruguaya, podrían abrir la boca en los medios de comunicación para
sacarse la foto.
La semana pasada, cuando el
presidente recibió en la Torre Ejecutiva a representantes de los
partidos por el tema hidrocarburos, la reunión se inició con una ronda
de felicitaciones y halagos al mandatario. Vázquez, con el pecho
inflado, agradeció.
"Contrario a los argumentos de las demandantes, las medidas impugnadas no fueron arbitrarias e innecesarias, sino potencialmente un medio efectivo de protección de la salud pública", concluye el Ciadi.
Marcas
Según Philip Morris, las disposiciones de la política de salud en Uruguay la obligaron a sacar de circulación varias de sus marcas, algunas de las cuales representaban elevados porcentajes de sus ingresos.
Además, adujo que esas marcas tenían un valor especial en el mercado, tanto que podía cobrar 10% más a los clientes que sus competidores.
"La marca Marlboro se asociaba a la mejor calidad vendida", aseguraron los defensores de la demandante en el arbitraje. Sin embargo, los jueces del Ciadi determinaron que de ninguna forma se podía considerar discriminatoria la política del país.
Del mismo modo, descartaron con extensos argumentos la solicitud de establecer que el gobierno uruguayo había "expropiado" de forma indirecta sus marcas. "Un impacto simplemente adverso no es suficiente.
La interferencia debe ser lo suficientemente restrictiva como para sustentar una conclusión de que el propietario ha sido despojado de sus bienes", dice el fallo en uno de sus pasajes.
Tratamiento
Además, adujo que esas marcas tenían un valor especial en el mercado, tanto que podía cobrar 10% más a los clientes que sus competidores.
"La marca Marlboro se asociaba a la mejor calidad vendida", aseguraron los defensores de la demandante en el arbitraje. Sin embargo, los jueces del Ciadi determinaron que de ninguna forma se podía considerar discriminatoria la política del país.
Del mismo modo, descartaron con extensos argumentos la solicitud de establecer que el gobierno uruguayo había "expropiado" de forma indirecta sus marcas. "Un impacto simplemente adverso no es suficiente.
La interferencia debe ser lo suficientemente restrictiva como para sustentar una conclusión de que el propietario ha sido despojado de sus bienes", dice el fallo en uno de sus pasajes.
Tratamiento
La tabacalera también denunció ante el Ciadi que no recibió de parte de Uruguay un trato justo y equitativo a la hora de ser objeto de sus disposiciones de protección de la salud, porque "socavaron" el uso y goce de sus inversiones en el país.
Philip Morris manejó incluso que las disposiciones por decreto habían destruido la "estabilidad jurídica" prometida y por la cual la empresa "se basó" para desarrollar y desplegar sus activos de marca.
Al igual que en los demás puntos, los jueces dieron la razón a Uruguay en su legítimo derecho de llevar adelante medidas de protección de salud y desestimaron el pedido de los demandantes.
Respaldo y experiencias
Philip Morris manejó incluso que las disposiciones por decreto habían destruido la "estabilidad jurídica" prometida y por la cual la empresa "se basó" para desarrollar y desplegar sus activos de marca.
Al igual que en los demás puntos, los jueces dieron la razón a Uruguay en su legítimo derecho de llevar adelante medidas de protección de salud y desestimaron el pedido de los demandantes.
Respaldo y experiencias
En varios pasajes del fallo, el Ciadi reconoce y pone por delante el respaldo internacional que Uruguay tuvo en su lucha contra el tabaquismo.
En ese sentido remarcó el papel de la OPS y la OMS. Uruguay, por su parte, aprovechó para repasar en su defensa la posición de otros países que fueron tanto inspiración como algunos continuadores de sus políticas.
"Más de 20 Estados han tomado medidas para aumentar el tamaño de las etiquetas de advertencia por encima de 50%, los que incluyen los siguientes: Namibia (55%), Turquía (65%), Ecuador (60%), Burkina Faso (60%), Chad (70%), Uganda (65%), Moldavia (65%), Canadá y Brunei (75%) (promedio de la parte delantera y la parte trasera de la cajilla)", dice el alegato de Uruguay.
"Otros Estados han alcanzado o excedido 80% establecido por Uruguay. Sri Lanka también exige etiquetas de advertencia que cubran 80%. Australia requiere no sólo un empaquetado plano, sino también advertencias que cubran un promedio de 82,5% de la cajilla", insiste.
En ese sentido remarcó el papel de la OPS y la OMS. Uruguay, por su parte, aprovechó para repasar en su defensa la posición de otros países que fueron tanto inspiración como algunos continuadores de sus políticas.
"Más de 20 Estados han tomado medidas para aumentar el tamaño de las etiquetas de advertencia por encima de 50%, los que incluyen los siguientes: Namibia (55%), Turquía (65%), Ecuador (60%), Burkina Faso (60%), Chad (70%), Uganda (65%), Moldavia (65%), Canadá y Brunei (75%) (promedio de la parte delantera y la parte trasera de la cajilla)", dice el alegato de Uruguay.
"Otros Estados han alcanzado o excedido 80% establecido por Uruguay. Sri Lanka también exige etiquetas de advertencia que cubran 80%. Australia requiere no sólo un empaquetado plano, sino también advertencias que cubran un promedio de 82,5% de la cajilla", insiste.
Impacto en fumadores
El alcance de las medidas implementadas por Uruguay fue motivo de análisis en el arbitraje, y como en cada uno de los puntos hubo argumentos de sobra para la posición de la demandada.
En las cifras y documentos tomados en cuenta por el tribunal, se recuerda que hasta 2009 más de 5.000 uruguayos morían cada año de enfermedades vinculadas al consumo de tabaco.
El consumo de cigarrillos y la exposición al humo eran responsables de 15% del total de muertes de uruguayos mayores de 30 años, lo cual era superior a la media global (12%).
Los informes presentados por las dos partes, dice el Ciadi en el fallo, "confirman una disminución de la prevalencia del tabaquismo en Uruguay".
En las cifras y documentos tomados en cuenta por el tribunal, se recuerda que hasta 2009 más de 5.000 uruguayos morían cada año de enfermedades vinculadas al consumo de tabaco.
El consumo de cigarrillos y la exposición al humo eran responsables de 15% del total de muertes de uruguayos mayores de 30 años, lo cual era superior a la media global (12%).
Los informes presentados por las dos partes, dice el Ciadi en el fallo, "confirman una disminución de la prevalencia del tabaquismo en Uruguay".
Fuente: El Observador
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