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lunes, 9 de mayo de 2016

J. BARRERA: EL 9 DEL EQUIPO DE VAZQUEZ

Si hubiese sido un partido de Peñarol, seguramente era elegido el jugador de la cancha. Jorge Barrera jugó un rol clave en la reunión que Tabaré Vázquez mantuvo con los partidos de la oposición por el tema seguridad. Fue el único especialista en derecho penal presente e inesperadamente se convirtió en pieza fundamental para que Tabaré Vázquez lograra uno de sus objetivos centrales: 


Apropiarse del debate por la seguridad que hasta aquí era monopolio de blancos y colorados y dar vía libre a la aplicación del nuevo Código del Proceso Penal.

Barrera integra la Comisión Multipartidaria de Seguridad en representación del partido de la Concertación que lidera Edgardo Novick, es magíster en Derecho Penal y autor de varios libros, por lo que su aporte resultó vital para encauzar el debate.

En una larga entrevista con Caras & Caretas, el penalista destacó la importancia del paso que se apresta a dar el Poder Ejecutivo. “Lo más importante para la gente, al margen de las tensiones de poder entre sectores, es que un sistema penal obsoleto, que vulnera garantías individuales, ya tiene fecha de caducidad y es julio de 2017”, explicó.

Las palabras del jurista apuntan directamente a la trascendencia de modificar el sistema procesal, pero tampoco desconocen la importancia política que esto tiene para el gobierno y para su propio partido.

Sistema obsoleto

Para este penalista, con amplia experiencia en el área procesal y académica, es imperioso implementar el nuevo Código “para no seguir manteniendo un sistema injusto y arbitrario que vulnera garantías individuales y no es ni eficaz ni garantista”.

El abogado interpretó que a pesar de las discrepancias que puedan existir, “es necesario actuar con la mayor celeridad porque el actual sistema no puede seguir vulnerando derechos humanos elementales”.

Barrera fue claro a la hora de remarcar la importancia que tiene el tema para toda la sociedad: “Hace 12 años que no hago referencias ni comentarios políticos, sino solamente técnicos, pero creo que esta reforma no puede tener banderías sectoriales ni electorales, ni de ningún tipo, porque lo que está en juego son las garantías individuales que afectan a todos los ciudadanos por igual. Es bueno que frente a problemas técnicos haya respuestas técnicas y que lo demás se resuelva en el Parlamento”.

Entrando de lleno en la consideración de la nueva norma, el penalista destacó la importancia de los dos proyectos complementarios que están siendo considerados.

Por un lado fue muy importante que el proyecto del proceso abreviado tuviera consenso, explicó, porque es lo que va a permitir descongestionar la actividad judicial del proceso ordinario.

Lo que dice la experiencia de América Latina es que 90% de los casos penales se va a tramitar a través de procesos abreviados y deja ese 10% de recursos humanos y logísticos para aquellos casos que necesiten una mayor atención en materia probatoria y que sean de una complejidad superior

El proceso abreviado se va a aplicar para juzgar aquellos hechos cuya tipificación por la Fiscalía dé lugar a la aplicación de una pena mínima no superior a los 6 años.

La condición para que se aplique el proceso será que el imputado acepte expresamente y manifieste su conformidad. Es decir, que tanto la Fiscalía como el imputado verifiquen hechos y acepten procedimientos.

El especialista dejó en claro que la existencia de varios imputados no impedirá la aplicación de estas medidas porque el acuerdo celebrado con uno de ellos no puede ser usado como prueba en contra de los restantes; eso hace que exista brevedad en los tiempos de juzgamiento, pero sin vulnerar las garantías de los que no participaron de ese proceso abreviado.

Vías extrajudiciales

El segundo proyecto son las vías alternativas de resolución de conflictos, y se aplican en aquellas conductas de apariencia delictiva que no revisten gravedad como para formalizar una acción penal y, por tanto, se considera necesaria otro tipo de acción o formas extrajudiciales de resolución, cuyo ámbito va a estar en la Fiscalía o en el Poder Judicial, aprovechando su experiencia en materia de mediación.

Otro paso innovador que se incorpora, a criterio de Barrera, es el de la suspensión condicional del proceso para aquellos casos cuya pena mínima no supere los cuatro años de penitenciaría.

Esto lo puede solicitar el fiscal en la etapa preliminar en acuerdo con el imputado a cambio de algunas condiciones u obligaciones.

El jurista destacó que el proceso queda suspendido cuando la conducta no tiene gravedad y hay una condición para cumplir, por ejemplo, no acercarse a determinados lugares o personas, someterse a un régimen especial, llegar a un acuerdo de reparación patrimonial con la víctima, o realizar prestaciones en beneficio de la comunidad.

Esto no puede operar cuando la pena mínima supera los cuatro años, o cuando el imputado se en cuentra cumpliendo una condena o tiene otro proceso en trámite.

El abogado penalista recalcó la trascendencia que estas conquistas tienen, ya que se busca dar certeza al imputado de que va a tener una pena en un tiempo breve y, por otra parte, la víctima pasa a tener un rol importante que implica una participación directa en el proceso.

“Otro logro fue regular y ampliar el principio de oportunidad para aquellos casos en los que no exista un interés por parte del Estado en perseguir determinadas conductas. Esto sucede cuando el dolor de la pérdida sufrida es mayor a la pena que puede imponer el Estado en el proceso penal; el caso más gráfico son los delitos culposos. Una persona va manejando y por imprudencia o impericia se produce la muerte de un familiar. En definitiva, su aflicción natural por esa pérdida es superior al dolor que le puede causar una prisión, por tanto, aplicando el principio de oportunidad, se entiende que esa conducta no merece una acción penal”, indicó.

Violación de derechos

Barrera recordó que Uruguay ha sido condenado y observado internacionalmente por la violación del plazo razonable de detención.

“El fiscal de Corte comunicó que 64% de las personas que hoy están privadas de libertad no tienen sentencia de condena, por tanto es una cifra que en un Estado democrático resulta inaceptable. Es por ello que la principal noticia de toda esta serie de reuniones es que el Código del Proceso Penal actual tiene fecha de finalización”.

“Se trata de un salto cualitativo en materia de garantías y derechos humanos que va a generar un cambio cultural en Uruguay y nos va a permitir estar a la altura de los códigos procesales del mundo entero”.

Para el abogado, la circunstancia actual exige ir invariablemente hacia otro sistema, que permita tener eficacia en la represión del delito y otorgue mayores garantías individuales.

No le asustan las advertencias que se lanzan desde diversos sectores porque “en todo el mundo, cada vez que se vota un nuevo código de sistema penal o una legislación a la ley penal de fondo, se producen tensiones entre la seguridad pública y la libertad; entre la eficacia en la represión del delito y las garantías individuales”.

“Es por eso que un código que pueda comprender estos dos elementos y darle a la víctima una participación que hoy no tiene fortalecerá a la sociedad y es lo que toda organización democrática necesita tener”, añadió.

Actualmente existen dos proyectos de ley complementarios a este Código del Proceso Penal y cuentan con el apoyo de Edgardo Novick y su sector político porque los consideran pasos necesarios para hacer posible la implementación de los beneficios que tiene el proceso penal acusatorio que se pretende aplicar.

Barrera mencionó, en primer lugar, los procesos abreviados. “Si uno comienza a analizar el mundo y más concretamente los países de la región, 90% de los procesos penales se dirimen en procesos abreviados. Eso permite que el 10% restante se resuelva en un proceso ordinario con audiencias orales y públicas”, explicó.

“Es el modelo de Código del Proceso Penal que hizo Julio Meyer y que se está aplicando en todos estos países de Iberoamérica, pero Uruguay sigue atrasado. Un proceso abreviado permite descongestionar la actividad judicial y, a la vez, darle las garantías suficientes al imputado para que pueda conocer en poco tiempo la pena que le corresponde”.

El otro proyecto que está siendo analizado es el de las vías alternativas de resolución de conflictos, es decir que a través de acuerdos reparatorios o de una participación más activa de la víctima, se puedan resolver los conflictos sociales que están sometidos a proceso.

Un tercer aspecto, indicó el jurista, es el de la aplicación del principio de oportunidad, que va a permitir que lo que hoy en la práctica hacen los fiscales que aplican este principio, ahora esté reglado, tenga marco jurídico y se le pueda aplicar este sano instituto de política criminal con reglas que son conocidas por toda la población.

Un juez independiente

“Siempre que en una sociedad se producen cambios profundos va a hacer falta un período de adaptación, es un cambio de cultura importante”, explica Barrera.

Se trata de un cambio sustancial. Supone dejar atrás un sistema inquisitivo en el que el juez lleva adelante la investigación previa y luego él mismo con independencia debe juzgar los hechos que ya investigó. “En el nuevo sistema, en cambio, el juez no va a tener tanto contacto con la prueba y su participación es totalmente distinta a la que tiene ahora, con más independencia, y eso exigirá un cambio cultural en la actividad de los fiscales, de los abogados defensores y de toda la sociedad”.

“Va a generar cambios en toda la sociedad uruguaya porque va a haber nuevos institutos y cuando se vean los resultados, esto va a ayudar a su adaptación a un nuevo sistema”, aseveró Barrera. “La ventaja que tiene el sistema acusatorio es que están las dos partes, el imputado y la Fiscalía, frente a un juez independiente que tiene que resolver. Por eso serán importantes los procesos abreviados, que le dan certeza jurídica en menor tiempo a la gente, y la víctima siente que hay respuesta inmediata, y no como en el sistema actual en el que la víctima es sólo un objeto de prueba”, subrayó.

Barrera informó que el sector de Edgardo Novick hizo un aporte al proyecto original del Ejecutivo que establecía que la mediación extrajudicial estaría a cargo del Ministerio del Interior, pero “nosotros creemos que debe estar a cargo de la Fiscalía porque es quien representa a la sociedad, para que cada uno cumpla su rol y el sistema sea más eficiente”, aclaró.

Lo que sigue

La jugada de Tabaré cambió el ángulo de la discusión sobre el nuevo sistema procesal penal. En principio se había aprobado que toda la reforma comenzara a regir en 2017, pero esto chocó con la dificultad presupuestaria para asumir los gastos que implica su implementación.

Ante esto, el Poder Ejecutivo envío un proyecto de ley que prorrogaba la entrada en vigencia de los principios de oralidad y publicidad –los más costosos– hasta 2019. De esta forma, el 1º de febrero de 2017 sólo entraría en vigencia el principio acusatorio, y con ello que la investigación de los ilícitos penales este a cargo de los fiscales. Pero la situación cambió, ya que Vázquez adelantó esta semana su decisión de aplicar el nuevo Código en su totalidad a partir del año próximo.

El gobierno se comprometió a incluir en la próxima Rendición de Cuentas los recursos para que este proceso se pueda poner en marcha.

Una consultoría evaluará cuánto dinero hace falta para aplicar la reforma porque se necesitan recursos humanos, capacitación, mobiliario y edificios donde funcionen. En principio se hablaba tentativamente de unos 50 millones de dólares en gastos.

El semanario Búsqueda publicó este jueves que el anuncio de Vázquez provocó preocupación en el equipo económico por los compromisos que genera producir más gastos en medio de un proceso en el que se busca reducir costos para abatir el desequilibrio fiscal. Sin embargo, el presidente tiene en claro lo que significará para Uruguay y para su gobierno dar un paso de esta trascendencia.

El proceso no será sencillo. Vázquez anunció que los fondos estarán disponibles a partir del 1º de enero de 2017 y que a partir de entonces habrá que esperar seis meses, que es el tiempo de adaptación que pidió la Corte para poder aplicar el nuevo sistema.

Los primeros comentarios posteriores al anuncio ya sembraron algunas confusiones. El primero en expresarse fue el Fiscal de Corte, Jorge Díaz, quien dijo que siente una enorme satisfacción porque todos los partidos políticos junto al Poder Ejecutivo hayan acordado que el Código entrara en vigencia a partir de 2017.

“La Fiscalía asumió el compromiso de estar preparada y lo va a estar”, afirmó a Búsqueda.

Sin embargo, el presidente del máximo órgano del Poder Judicial, Ricardo Pérez Manrique, advirtió que si bien en la Corte hay voluntad política de aplicar el Código lo antes posible, “existen limitaciones de tiempos y recursos”.

Para Pérez Manrique no está del todo claro que el Ejecutivo piense aplicar todo el código en 2017. “Hoy no está claro cuál es el plan”, señaló. “Si es en todo el país, a mediados de 2017 no llegamos. Precisamos por lo menos un año para implementar la reforma”.

Para Jorge Barrera, en cambio, cómo se llega a ese período de transición es importante, pero no es prioritario. “Lo importante es que el actual sistema ha demostrado su ineficacia, tiene fecha de finalización y con ello Uruguay no va a seguir violentando convenciones ni tratados internacionales, por ejemplo el pacto de San José de Costa Rica, que fue votado en el año 1985 y que recién ahora, con este nuevo código, Uruguay podrá armonizar sus normas”.

“A título personal he dicho que si se opta por ese sistema, durante los seis meses hay que modificar el método de la prisión preventiva porque no puede ser que en distintos departamentos tenga distintas aplicaciones. Pero si se hace esa salvedad, la Corte ya ha manifestado que no existiría inconstitucionalidad y, por tanto, el Código puede aplicarse sin problemas”, concluyó.

Fuente: Caras y Caretas

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