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martes, 19 de abril de 2016

SCJ: CAMBIA CRITERIO SOBRE DIFERENCIAS SALARIALES EN EL ESTADO

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió días pasados, un fallo que supone un quiebre a su postura tradicional sobre el pago de diferencias salariales por la realización de tareas de superior jerarquía en la administración pública.


En una sentencia de casación tras un recurso presentado por siete funcionarios del Banco República del Uruguay (BROU) que realizaron tareas en un cargo superior al suyo, la Corte señala que ello no basta para reclamar una diferencia salarial. Se necesita, además, que un jerarca haya designado al funcionario para que ocupe un cargo de mayor jerarquía. También requiere que el puesto esté vacante.

En caso contrario, entiende la Corte, el funcionario está obligado a cumplir con esas tareas como lo sostienen los estatutos y normas internas del Banco República.

La sentencia, a la que tuvo acceso El País, fue aprobada por mayoría con los votos de los ministros Jorge Chediak, Elena Martínez y Felipe Hounie. En contra votaron el presidente de la SCJ, Ricardo Pérez Manrique, y Jorge Larrieux.

El 24 de diciembre de 2013, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 11° Turno condenó al Banco República a abonar las diferencias salariales reclamadas por siete funcionarios, quienes habían ocupado un puesto de mayor jerarquía a sus cargos.

Dos meses más tarde, el 6 de febrero de 2014, el mismo tribunal aclaró que las diferencias salariales debían abonarse por el tiempo en que los empleados bancarios estuvieron ocupando el puesto de mayor jerarquía (Ejecutivo de Operaciones Centralizadas) que el suyo (Auxiliar de Ingreso).


El 28 de noviembre de 2014, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3er Turno también condenó al Banco República al pa-go de la supuesta deuda laboral con los siete funcionarios. Sin embargo, en lugar de obligar a la institución a pagar las diferencias salariales entre auxiliares de Ingreso y ejecutivos de Operaciones Centralizadas, dictaminó que el BROU debía liquidar las diferencias entre Auxiliar de Ingreso y Funcionario de Atención y Operaciones.

Ante esta situación, el Banco República interpuso un recurso de casación al entender que las sentencias en primera y segunda instancia aplican erróneamente el Estatuto del Funcionario del BROU y que algunas tareas de los cargos de Funcionario de Atención y Operaciones y de Auxiliar de Ingreso se reiteran o se superponen. También advierte que el Decreto N° 147/999 establece que para cobrar diferencias salariales por tareas en un cargo superior debía existir una vacante y haber una designación expresa por parte del jerarca respectivo.

Por mayoría, la Corte entendió que le asiste razón al Banco República cuando señala que, dentro de los derechos y obligaciones establecidos en los estatutos del funcionario público, se encuentra el deber de todo empleado de cumplir y desempeñar tareas fuera de su escalafón y categoría. La Corte también señaló que, en este marco, las funciones superiores al cargo que se ocupa dan derecho a percibir diferencias de sueldo cuando existe una resolución del jerarca —en este caso el BROU— que así lo autoriza, circunstancia que no existió en este caso. También advierte sobre la posibilidad de crear "un presupuesto paralelo" si se hace lugar a todos los reclamos de funcionarios públicos que realizan tareas en cargos superiores a los suyos en forma temporal.

Pérez Manrique, quien votó en contra de este fallo, consideró que el Estado debería remunerar la función efectivamente cumplida por los funcionarios.

Larrieux también entendió que el Estado debió pagar esas diferencias salariales, al sostener, entre otras razones, que los trabajadores tienen derecho a la justa remuneración. Agregó que "es incuestionable" que esos trabajadores cumplieron tareas distintas a las de sus cargos por decisión de sus superiores.

Los abogados especialistas en Derecho Administrativo, Ignacio Robaina y Adrián Gutiérrez consideraron que el fallo de la Corte resulta "desajustada" a los principios constitucionales que establecen "a igual función, igual remuneración". Agregaron que el fallo supone un "retroceso importante", al modificar una postura tradicional de la Corte, que atendía los principios supranacionales que tutelan el bloque de derechos afectados en clave de "justa remuneración" e igualdad.



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