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jueves, 15 de octubre de 2015

MEDICAMENTOS CAROS: SI NO TIENES EL DINERO PARA COMPRARLOS...PUES MUERETE !

En la madrugada del miércoles, cerca de las 5 de la mañana cuando se entró en cuarto intermedio, se votaron en el Parlamento los artículos de la ley de Presupuesto relacionados al acceso a medicamentos de alto costo. Se trata de los artículos 425, 438 y 439. El primero de estos es el más polémico: en su redacción dice que "compete al Poder Ejecutivo" definir las "prestaciones, estudios, procedimientos, diagnósticos, terapéuticos y de rehabilitación, medicamentos y vacunas" que se deben brindar. Donde estaban los "3 rebeldes" cuando se votó esta barbaridad ? Cuando un usuario reclama un medicamento que no está en el Formulario Terapéutico de Medicamentos (FTM) —la incorporación de fármacos a este se aprueba luego de un análisis que no mide solo el beneficio, sino también los costos— debe primero presentar un recurso ante el Fondo Nacional de Recursos y luego ir directamente contra el Ministerio de Salud Pública. Los tres artículos, según pacientes, abogados de pacientes y constitucionalistas, limitan el acceso a medicamentos caros, haciendo que la Justicia falle a favor del Estado. Para el ex ministro y ex presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Dr. Leslie van Rompaey, son "francamente inconstitucionales". "Violan varios artículos de la Constitución. Además, no solo impiden el acceso a la Justicia de los más necesitados, sino que impiden que los jueces de la República desempeñen su objetivo fundamental de hacer que se respete el mayor de los derechos, que es el derecho a la salud", dijo el ex ministro en declaraciones al diario El País en las últimas horas. El 18% del presupuesto del Fondo Nacional de Recursos (FNR) se destina a fármacos de alto costo. La mayor parte de los gastos, en tanto, corresponde: 33% al área de nefrología (hemodiálisis, diálisis peritoneal y trasplantes) y 32% a la de cardiología (estudios hemodinámicos, cirugías, angioplastias, marcapasos, cardiodesfibriladores y trasplantes). Del resto del dinero, el 8% va para el área de traumatología y abarca las prótesis de cadera y rodilla, que para muchos críticos, entre ellos el Sindicato Médico del Uruguay (SMU), deberían ser financiadas directamente por los prestadores de salud (o sea las mutualistas, los seguros y la Administración de Servicios de Salud del Estado, ASSE) y no por el Fondo Nacional de Recursos Los datos corresponden a un informe del FNR al que accedió El País, y que enumera las prestaciones que se financiaron en los últimos 10 años y muestra de qué manera se gastó el presupuesto con el que cuenta. Por ejemplo, se advierte que se han financiado 35.943 cateterismos cardíacos en adultos, 1.010 cateterismos cardíacos en niños, 20.328 cirugías cardíacas en adultos, 1.848 cirugías cardíacas en niños, 10.459 implantes de marcapasos, 720 implantes de cardiodesfibriladores, 30.964 angioplastias coronarias y 70 trasplantes de corazón. Medicamentos. En el año 2006, durante el primer gobierno de Tabaré Vázquez, el Decreto N° 265 creó el Formulario Terapéutico de Medicamentos (FTM) y la comisión encargada de recomendar al Ministerio de Salud Pública (MSP) qué fármacos deben ser incorporados a este. Los medicamentos de alto costo que están dentro del FTM deben ser financiados por el FNR. La comisión está formada por dos representantes del MSP, uno del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), uno del FNR, dos de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva (IAMC) y uno de ASSE. Dicha integración también es cuestionada por el SMU, que pide que se cree una agencia independiente al MSP que se encargue de decidir cuáles prestaciones se financian y cuáles no. Cuando un usuario reclama un medicamento que no está en el FTM —la incorporación de fármacos a este se aprueba luego de un análisis que no mide solo el beneficio, sino también los costos— debe primero presentar un recurso ante el FNR y luego ir directamente contra el MSP. Mañana, seguramente se voten los artículos 425, 438 y 439 de la ley de Presupuesto, que según pacientes, abogados de pacientes y constitucionalistas, limitan el acceso a medicamentos caros, haciendo que la Justicia falle a favor del Estado (ver aparte). En este contexto, el informe del FNR, advierte que es "el único comprador de medicamentos de alto costo en el país" y que cada vez paga más prestaciones. El informe muestra una evolución desde 2007 a 2014, que señala que mientras en el primero de estos años se les daba medicamentos a 492 pacientes, en el año pasado esta cifra creció a 5.350. "El crecimiento se debe a dos factores: a que se han incluido más medicamentos en el FTM y a que se han agregado nuevas indicaciones para medicamentos que ya están en el Formulario", explicó a El País la directora general del FNR, Alicia Ferreira. La jerarca aclaró que los números corresponden solo a los medicamentos que se han dado y están dentro del FTM, no a aquellos que el Estado ha pagado producto de juicios que perdió con pacientes. El FNR hoy financia 30 medicamentos de alto costo, para distintas patologías; entre ellas están los cánceres de mama, colon, pulmón, riñón y del sistema nervioso central. En el último año el FNR pagó 460 millones de pesos en tratamientos de alto costo (unos 23 millones de dólares al cambio actual). De estos, 291 millones de pesos (poco más de 10 millones de dólares) fue para tratamientos de enfermos de cáncer. El resto se dividió en pacientes con leucemia, linfomas, mieloma múltiple, fibrosis quística y hepatitis, entre otros. Se votaron los artículos 425, 438 y 439 del proyecto de ley de Presupuesto. La bancada del Frente Amplio (FA) levantó sus manos en bloque a favor de ellos. Para el ex ministro y ex presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Leslie van Rompaey, estos tres artículos son "francamente inconstitucionales". "Violan varios artículos de la Constitución. Además, no solo impiden el acceso a la Justicia de los más necesitados, sino que impiden que los jueces de la República desempeñen su objetivo fundamental de hacer que se respete el mayor de los derechos, que es el derecho a la salud", sostuvo el ex ministro en declaraciones a El País. El artículo más polémico, el 425, en su redacción nueva dice que "compete al Poder Ejecutivo" definir las "prestaciones, estudios, procedimientos, diagnósticos, terapéuticos y de rehabilitación, medicamentos y vacunas" que se deben brindar. En el artículo 438, en tanto, se señala que "la dispensación de medicamentos, procedimientos y dispositivos terapéuticos que no se encuentren debidamente aprobados y registrados den el MSP, solamente se admitirá en los casos taxativamente enumerados en la norma vigente". Y en el siguiente artículo, el 439, se aclara que la aprobación de los medicamentos se hará tras informes técnicos que garanticen su eficacia y de una evaluación económica.

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