Una investigación de la Dirección General Impositiva (DGI) dejó al descubierto una maniobra delictiva liderada por dos personas que creaban "sociedades de papel"(falsas) para obtener facturas que luego vendían a empresas que las utilizaban para evadir impuestos. El caso fue derivado a la Justicia del Crimen Organizado, que ya dictó el procesamiento con prisión de dos de los implicados, aunque la investigación continúa e involucra a unas 200 empresas.
Por esta trama delictiva ya se realizaron inspecciones a 86 contribuyentes (algunos de gran dimensión) que usaban dichas sociedades o documentación de las mismas para defraudar al fisco, lo que derivó en la presentación de seis denuncias penales y el procesamiento sin prisión de otras tres personas.
Hasta el momento la DGI constató una defraudación de $ 78 millones, pero el director de Rentas, Joaquín Serra, dijo a El País que la cifra al finalizar la investigación podría ascender "a montos importantes". Señaló que hay más contribuyentes involucrados que están siendo investigados, lo que "posiblemente derive en más denuncias penales" por defraudación.
También informó que se han efectuado cuatro allanamientos y fueron indagadas 10 imprentas. Al tiempo que se comprobó que hay "varios escribanos" involucrados en la maniobra dado que "para el proceso de inscripción (en DGI) de las sociedades que utilizaban era necesario la firma de certificados notariales".
Serra explicó que la indagatoria comenzó hace más de un año atrás, luego que "en distintos procedimientos de control se encontraron facturas que daban la impresión de no corresponder a la prestación de un servicio o entrega de un bien". Eso llevó a investigar mediante el cruzamiento de datos "si eso mismo no estaba ocurriendo en otras situaciones", y se constató que existía "una maniobra generalizada" de defraudación, por lo que se trabajó durante varios meses "para poder documentar" la defraudación y se derivó el caso a la Justicia.
El auto de procesamiento al que accedió El País sostiene que "desde hace unos siete años a la fecha, ambos indagados se dedicaban a la venta de sociedades anónimas en formación. Estas sociedades eran en su gran mayoría utilizadas para defraudar al fisco, mediante la obtención de comprobantes fiscales (facturas) las cuales se empleaban para documentar compra de bienes o servicios inexistentes, o bien respondían a empresas inexistentes".
Respecto al modus operandi, detalla que para el trámite de creación de las sociedades "se utilizaba permanentemente testaferros, algunos de los cuales figuraban como socios en más de trescientas sociedades". Estos testaferros "generalmente eran personas de escasos recursos económicos, lo que los volvía claramente insolventes", práctica similar a la utilizada en la estafa contra el Fonasa.
También revela que había tres modalidades de defraudación con las sociedades creadas. En una el contribuyente "utiliza una sociedad creada por los indagados por cierto lapso, generalmente dos años, luego utilizaba otra entidad similar y así sucesivamente; existía apariencia de formalidad, no se identifica a los verdaderos dueños, no se ubica a la empresa ya que los domicilios generalmente son inexistentes, el contribuyente no paga, lo que en principio no tiene consecuencias".
Otra modalidad consistía en que "el contribuyente compra una factura aislada y la usa para documentar sus ventas (bienes o servicios)" y no tributa por dicho negocio. Mientras que la tercera era la adquisición de una factura "para inventar compras que no se hicieron y pagar menos impuestos".
Dictamen.
La resolución de la Justicia del Crimen Organizado, firmada por la jueza María Helena Mainard, decreta el procesamiento con prisión de los dos ideólogos de la maniobra delictiva "por la comisión en calidad de autores de un delito continuado de defraudación tributaria". Se detalla que ambos poseían antecedentes penales, y se autoriza a uno de ellos "atento a los problemas de salud que presenta" a cumplir la sentencia bajo prisión domiciliaria.
Otras tres personas carentes de antecedentes penales fueron procesadas sin prisión también por un delito continuado de defraudación tributaria. Uno fue en calidad de autor por la utilización de facturas de empresas inexistentes en su negocio (ver aparte), otro por coautoría al ser quien ofició de intermediario en la provisión de esas facturas, y un tercero como cómplice al haber actuado como gestor de los ideólogos y como testaferro en más de 300 sociedades.
Una avícola y la trama de la defraudación
El auto de procesamiento cita una investigación de la DGI y cuenta una de las tramas de evasión detectadas, que derivó en varios procesamientos. Una avícola, que también cuenta con un molino, había sido visitada por inspectores y se comprobó que "casi la totalidad de las boletas de compra de soja y maíz tienen asociados sus respectivos registros de pesadas al ingreso del molino", pero en los casos de dos empresas que en teoría proveían granos no hay ningún registro entre 2012 y 2016.
Solamente en 2014 existen boletas que acreditaban una remisión de 15.900 toneladas de granos, unos 567 camiones completos y "no existe registro de uno solo" de esos envíos. La empresa avícola justificó ante la DGI que no conservaba los remitos de entrega y que "no registra la totalidad de las pesadas en el software", sino que lo hace en un cuaderno "que tampoco conserva".
A su vez, identificaron al proveedor como "Juanjo", pero no dieron "un solo dato identificatorio o de contacto en relación a esta persona, lo que permite concluir que tal persona no existe".
El documento judicial detalla que las boletas que consignaban la compra de granos a esas empresas fantasmas "carecen de precisión".
Asimismo, agrega que "de las declaraciones de faena presentadas ante el Ministerio de Ganadería, se observa que la cantidad de aves faenadas se ha mantenido más o menos estable desde el año 2011 hasta la fecha, por lo que puede concluirse que la compra de granos debería mantenerse estable; sin embargo, el nivel de compra de granos tiene un gran incremento inexplicable frente a tal producción".
"Todos los indicios reseñados, la documentación agregada y demás medios probatorios, permiten concluir prima facie que el indagado ha incurrido en un delito continuado de defraudación tributaria, ya que las facturas que utilizó eran de empresas inexistentes, no habiéndose podido determinar aún el monto de lo defraudado", concluye el auto de procesamiento.
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