Matar a una persona con la intención de hacerlo tiene un castigo
mínimo de 20 meses de prisión. Esos casi dos años pueden transformarse
en 12 de penitenciaría y, a partir de ahí, la pena puede seguir
aumentando hasta 24 por diferentes agravantes. El artículo 311 del Código Penal
indica que uno de los "agravantes especiales" es que el homicida sea
padre, hijo, cónyuge, concubino o que tenga una relación de afinidad con
la víctima. En estos datos se han basado varios juristas, para descartar la creación de una nueva figura penal relacionada con la muerte de mujeres por el hecho de serlo.
En el caso de que el homicidio se
haya cometido "con impulso de brutal ferocidad", por ejemplo, la pena
puede llegar a los 30 años porque se considera que es "muy especialmente
agravado", según establece el artículo 312. Esa es la pena máxima a la
que quiere llegar el oficialismo para los casos en los que la asesinada
sea una mujer, por "motivos de odio y menosprecio" a su condición, a
través de la creación del delito de femicidio, que actualmente no existe
en el Código Penal. La bancada de senadores del Frente Amplio aprobó el
lunes 20 presentar un proyecto, independiente del integral sobre
violencia de género, que solo contemple la creación del femicidio como
figura penal.
Para el penalista Germán Aller, presidente de la Comisión de Derecho Penal del Colegio de Abogados,
"no hay necesidad ninguna" de que la figura exista porque se debe
"proteger a todas las personas vulnerables, sean niños, mujeres,
ancianos". "Tenemos nomenclatura jurídica suficiente para contemplar esa
y cualquier otra situación" y aclaró que "eso no va en detrimento de la
preocupación por parte de grupos sociales que pretenden encontrar una
solución en lo penal". Aller destacó que no existe a nivel jurídico un
caso en el que "por mayor punición o creando una figura específica para
algo que ya está previsto, vaya a menguar o disminuir esa conducta
criminal".
"La conducta criminal de matar a
una mujer por ser mujer es aberrante y repugnante pero sin perjuicio de
eso también lo es asesinar a un niño, a un anciano o a una persona
fuerte y musculosa. Quitar la vida es un mal. Sea que se cree un tipo
penal específico o un agravante -que es un matiz de lo mismo-, es
establecer una diferenciación absolutamente innecesaria", subrayó.
En
una línea similar, el penalista Mario Spangenberg sostuvo entrevistado
en el programa Las cosas en su sitio de radio Sarandí que crear la
figura del femicidio implica "un mensaje simbólico pero no un criterio
operativo". "Estamos llegando tarde ahí. Ya tenemos a una mujer muerta",
dijo y apuntó a mejorar la prevención de ese delito con la mejora de
una ley de violencia doméstica.
La directora
del Instituto Nacional de las Mujeres del Ministerio de Desarrollo
Social, Mariella Mazzotti, remarcó que tipificar el homicidio de mujeres
como especialmente agravado implica dar "un mensaje en términos
educativos y culturales". "Que el parlamento, votando democráticamente,
considere que el homicido por razones de odio y menosprecio son delitos especialmente agravados es un mensaje no solo a los hombres sino a la sociedad en su conjunto", sostuvo.
Más
allá del mensaje que se quiera dar, a nivel judicial insisten con
"trabajar en mecanismos de prevención". El presidente de la Suprema
Corte de Justicia, Jorge Chediak, dijo entrevistado en el programa
Arriba Gente de Canal 10 que el agravamiento de la pena como "efecto
disuasivo" para cometer un delito "juega en mucho menor manera" cuando
se trata de homicidios de mujeres que en otros delitos. "Es muy difícil
prevenir determinadas situaciones y, en este tipo concreto, el aumento
de la pena no debería evitar prevenir determinadas situaciones",
manifestó el magistrado.
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